Un hombre de 25 años fue condenado este jueves a nueve meses de prisión en suspenso y al cumplimiento de reglas de conducta durante dos años, por ser autor del delito de lesiones leves en perjuicio de un hijo de su pareja.
En el legajo se probó que el imputado golpeó en el rostro al niño de tres años, cuando ambos se encontraban solos en la vivienda donde convivían con la madre de la víctima. A raíz de la agresión, el pequeño sufrió hematomas en la cara, un oído y el ojo izquierdo y una herida cortante en el labio superior.
El conflicto penal se resolvió a través de un juicio abreviado que fue convenido, en forma conjunta, por el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora oficial Alejandra Gabriela Moyano González y el propio acusado, quien admitió la autoría del hecho, enmarcado en la ley 26061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Además el magistrado le fijó al imputado la obligación de cumplir con una serie de pautas durante dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena: a) fijar residencia y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; b) prohibición absoluta de acercamiento a una distancia menor de 200 metros del niño, su progenitora y su domicilio; como así también de ejercer actos de perturbación y molestias y de contacto personal, o a través de terceras personas, o por cualquier medio; y c) someterse a un tratamiento psicológico o terapéutico, debiendo acreditarlo mediante el certificado correspondiente.
La asesora de niñas, niños y adolescentes, Graciela Massara, y la madre de la víctima, al ser notificadas del alcance del abreviado, también brindaron sus consentimientos.
Como pruebas para dictar la condena se tuvieron en cuenta, entre otras, la denuncia de la mamá, el testimonio de una tía, fotografías e informes médicos y de la Unidad de Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, dependiente de la Policía provincial.