El Gobierno reglamentó la Boleta Única de Papel

El Gobierno reglamentó a través del Boletín Oficial la Ley N° 27.781 que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir para las elecciones 2025. La iniciativa aprobada por el Congreso […]

El Gobierno reglamentó a través del Boletín Oficial la Ley N° 27.781 que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir para las elecciones 2025.

La iniciativa aprobada por el Congreso modifica diversos artículos de la Ley N° 19.945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la Boleta Única y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.

“Apruébase la Reglamentación de los artículos 62 bis y 62 ter del Capítulo IV del Título III del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL – Ley N° 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias y de los artículos 38 y 38 bis del Capítulo V del Título II de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N° 26.571 y sus modificatorias”, informó el Gobierno.

¿Cómo será la boleta única de papel?

A diferencia del sistema tradicional, la boleta única de papel incluirá a todos los candidatos y partidos en un mismo documento. Al ingresar al cuarto oscuro, los votantes podrán elegir entre dos opciones:

-Marcar una opción para votar la lista completa.
-Seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales para cada categoría.

Con este nuevo mecanismo, el Gobierno busca solucionar dos problemas comunes: el robo u ocultamiento de boletas y el abuso de los “sellos de goma”, es decir, partidos sin representación que solo buscan acceder a fondos estatales.

Elecciones 2025: ¿cuándo un voto es válido o nulo?

Según el decreto 915/2024, un voto será válido si:

-Se utiliza una boleta única oficializada.
-Las marcas en los casilleros son claras y se elige una opción electoral por categoría.
-Si no se marca ninguna opción, será considerado un voto en blanco.

Por otro lado, un voto será nulo en los siguientes casos:

-Uso de una boleta no oficializada.
-Marcar más de una agrupación política para la misma categoría.
-Roturas o inscripciones que impidan identificar la elección.