Catamarca: la Justicia ordena restituir pensiones por discapacidad suspendidas sin proceso previo

El Juzgado Federal Nº2 de Catamarca hizo lugar a un amparo colectivo presentado por organizaciones de personas con discapacidad, titulares de pensiones no contributivas y el Defensor del Pueblo provincial, y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) restablecer todas las pensiones que habían sido suspendidas sin un acto administrativo válido. La medida alcanza…

,

El Juzgado Federal Nº2 de Catamarca hizo lugar a un amparo colectivo presentado por organizaciones de personas con discapacidad, titulares de pensiones no contributivas y el Defensor del Pueblo provincial, y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) restablecer todas las pensiones que habían sido suspendidas sin un acto administrativo válido. La medida alcanza a todo el país, según indicaron fuentes judiciales.

La acción judicial cuestionaba el esquema de auditorías médicas implementado desde el edicto 19.437/25 y denunciaba que, desde julio, numerosos beneficiarios se enteraron de la baja de sus haberes al comprobar la falta de pago o recibir notificaciones defectuosas y redactadas en un lenguaje técnico que impedía ejercer adecuadamente el derecho de defensa.

El tribunal señaló que Andis no logró demostrar la existencia de actos administrativos individuales que justificaran las suspensiones. Esa ausencia configuró una “vía de hecho administrativa”, es decir, una acción sin sustento jurídico que interrumpió prestaciones esenciales destinadas a un colectivo especialmente vulnerable. El juez subrayó que las pensiones no contributivas forman parte del patrimonio de sus titulares y sólo pueden ser suspendidas mediante un procedimiento regular, con respeto al debido proceso y la debida motivación estatal.

Al caracterizar la demanda como colectiva bajo la doctrina “Halabi”, el tribunal consideró acreditada una causa homogénea: la suspensión masiva e injustificada de pensiones mediante un mismo esquema operativo. Ello habilitó un fallo único con alcance expansivo para todas las personas afectadas. Respecto al cuestionamiento constitucional del Decreto 843/24, el magistrado entendió que la sanción de la Ley 27.793 —que reformó el régimen y dejó sin efecto las restricciones impugnadas— volvió abstracto ese planteo.

La resolución ordena a Andis restituir de inmediato todas las pensiones suspendidas o retenidas sin acto administrativo previo, disponer el pago de los haberes adeudados en un plazo de 24 horas y considerar cumplida esa obligación en los casos en que los titulares ya hubieran cobrado en virtud de medidas cautelares.

En paralelo, continúa el avance de la causa judicial por presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad. Según publicó El Destape, en el entorno de la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, sostienen que no será involucrada en el denominado caso Spagnuolo. El ex titular de Andis, Diego Spagnuolo, se presentó en Comodoro Py pero se negó a declarar, afirmando que es inocente y que responderá cuando acceda a toda la prueba del expediente.

Lo mismo ocurrió con Daniel Garbellini, ex director del programa Incluir Salud, quien también optó por no declarar mientras sus abogados reclaman acceso completo a la causa. Ambos ex funcionarios aparecen mencionados en los audios que revelaron un supuesto circuito de coimas vinculado a la compra de medicamentos destinados a personas con discapacidad, lo que motivó sus respectivas salidas del organismo.