General Pico: el TIP confirmó la condena a una docente por malos tratos en un jardín

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó el fallo contravencional contra una docente por malos tratos y castigos a cinco niños de un jardín de infantes, al rechazar el recurso presentado por la defensa. En segunda instancia, el TIP no hizo lugar a la impugnación interpuesta por los defensores particulares y ratificó la…

,

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó el fallo contravencional contra una docente por malos tratos y castigos a cinco niños de un jardín de infantes, al rechazar el recurso presentado por la defensa.

En segunda instancia, el TIP no hizo lugar a la impugnación interpuesta por los defensores particulares y ratificó la sentencia dictada por el juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, por tres hechos de malos tratos y castigos inmoderados en perjuicio de cinco niños que concurrían al JIN 9 de Realicó. Los hechos ocurrieron durante el ciclo lectivo 2024.

El juez del TIP, Filinto Rebecchi, confirmó la condena que impuso una pena de 75 días-multa, equivalente a 1.415.775 pesos, al considerar acreditado que la docente sometió a los niños a privaciones, malos tratos corporales y castigos inmoderados en tres oportunidades.

Además de la multa, la sentencia incluyó una interdicción de cercanía respecto de los niños damnificados, con prohibición de todo tipo de contacto o comunicación por el plazo de seis meses, junto con una amonestación y la exhortación a que este tipo de conductas no vuelvan a repetirse.

En el recurso, la defensa sostuvo que no estaba claro de qué hechos debía defenderse la acusada y cuestionó que el juez hubiera hecho referencia a situaciones que, según su postura, no habían sido objeto de acusación.

Sobre este punto, Rebecchi señaló que la valoración de la prueba realizada por el juez contravencional fue adecuada y se ajustó a los hechos imputados: uno ocurrido el 14 de agosto de 2024 en perjuicio de un menor; otro el 20 de agosto, cuando la docente dejó a los alumnos dentro de la sala sin permitirles salir al recreo; y un tercero el 21 de agosto, cuando tomó del brazo a un niño y lo empujó hacia el interior del aula con el antebrazo.

El magistrado indicó que cada uno de los hechos fue debidamente analizado y respaldado por pruebas que acreditan su existencia, y remarcó que la defensa no podía alegar desconocimiento de la imputación, ya que la acusación había sido sostenida de manera clara y detallada en el alegato final de la fiscalía.

Finalmente, el TIP concluyó que la sentencia se ajusta plenamente a derecho y resolvió rechazar el recurso, dejando firme la condena.