El presidente Alberto Fernández firmó la noche del viernes un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para regular y actualizar el marco legal en el que se desenvuelve el mecanismo de compra de vacunas contra el coronavirus, lo cual abrirá el paso a la adquisición de dosis pediátricas y permitirá ampliar el espectro de inmunizantes disponibles para la población en general.
Los detalles del decreto habían sido anticipados en una conferencia de prensa que dieron en la Casa Rosada la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, quienes anunciaron su pronta publicación en el Boletín Oficial.
Más tarde, el Gobierno confirmó oficialmente que el jefe del Estado había formado el decreto.
La normativa crea un Fondo de Reparación Covid-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que alguna persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.
Se trata de un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad respecto de las contrataciones, dijeron las funcionarias.
Ibarra adelantó que se establecerán modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra la Covid-19, tanto en lo que son “contratos bilaterales, como mecanismo Covax y donaciones”.
La funcionaria subrayó que apenas fueron aprobadas las vacunas pediátricas contra el coronavirus fue un objetivo del Gobierno nacional obtenerlas y, en ese contexto, es que se modifica el “marco legal” para propiciar “conversaciones” con los distintos laboratorios, sin perder de vista la “protección de los intereses de los argentinos” y de los “bienes soberanos”.
La secretaria Legal y Técnica adelantó que el DNU incluirá modificaciones a la normativa vigente, y que una de ellas será la supresión de “la negligencia como supuesto de responsabilidad para los fabricantes de vacunas Covid 19“, y dijo en su lugar el Estado establecerá “el modo en que recibe conforme las vacunas”.
El término negligencia fue considerado por representantes de laboratorios como uno de los obstáculos para la provisión de vacunas.
Además, se suprime el término “malicioso o fraudulento”, que se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial, según explicó Ibarra.
Añadió que en la nueva normativa tendrán “inmunidad soberana” todos los bienes del Estado, tal como lo tenían en la ley vigente, y afirmó que la instrucción para la negociación es “compatibilizar” la llegada de nuevos fármacos con los intereses que hay proteger del Estado.