Santa Rosa: confirmaron la condena a seis años de prisión por una violación en la estancia La Malvina

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la condena a seis años de prisión impuesta a un empleado municipal por abusar sexualmente de una compañera de trabajo en la estancia La Malvina, en Santa Rosa. Los jueces rechazaron el planteo de la defensa, que había solicitado la absolución del acusado. La resolución fue…

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El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la condena a seis años de prisión impuesta a un empleado municipal por abusar sexualmente de una compañera de trabajo en la estancia La Malvina, en Santa Rosa. Los jueces rechazaron el planteo de la defensa, que había solicitado la absolución del acusado.

La resolución fue dictada por la Sala B del tribunal, integrada por Mauricio Federico Piombi y María Paola Frigerio, mediante el fallo 53/2026, fechado el 8 de octubre. De esta manera, quedó ratificada la sentencia de primera instancia del juez de Audiencia Daniel Sáez Zamora, quien había encontrado al hombre responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal.

Cómo ocurrió el ataque

De acuerdo con los hechos acreditados durante el juicio, la agresión ocurrió en noviembre de 2019, cuando ambos trabajadores se encontraban solos en una oficina dependiente de la Dirección de Turismo municipal, luego de que se retirara otra compañera.

La reconstrucción judicial estableció que el hombre cerró la puerta y exigió a la mujer que le pagara los favores que, según él, le había hecho. Luego la sujetó de los cabellos y la obligó a practicarle sexo oral. Cuando la víctima logró morderlo y liberarse, el agresor la tomó del cuello, la llevó contra una pared y la sometió sexualmente.

El episodio terminó cuando llegaron el marido y la hija de la mujer. La niña golpeó la puerta, que estaba cerrada con llave, y el empleado finalmente la abrió, lo que permitió que la víctima saliera de la oficina.

Por qué rechazaron la apelación

La defensa cuestionó la valoración de las pruebas y señaló supuestas contradicciones en las declaraciones de la denunciante y de los testigos. También planteó que algunos aspectos del relato habían cambiado con el tiempo y sugirió que la denuncia podía estar relacionada con conflictos personales entre ambos trabajadores.

Además, puso en duda las conclusiones de los informes psicológicos y sostuvo que algunos de los síntomas emocionales atribuidos al episodio ya existían antes de los hechos.

Sin embargo, los magistrados consideraron que esos argumentos no demostraban arbitrariedad en la sentencia ni generaban una duda razonable que justificara la absolución.

En su análisis, el tribunal examinó la declaración de la víctima junto con otros elementos reunidos durante el proceso. Entre ellos, destacó el testimonio de una compañera de trabajo a quien la mujer le contó lo sucedido después de reencontrarse con el acusado y sufrir una fuerte reacción emocional.

También se valoraron declaraciones de trabajadores y funcionarios municipales que describieron cambios en el estado emocional de la mujer, así como su pedido de cambiar de lugar de trabajo y su negativa a compartir espacios con el condenado.

Los informes psicológicos fueron considerados como parte del conjunto probatorio. Los jueces aclararon que determinados rasgos de expresividad emocional señalados por los especialistas no permitían concluir, por sí solos, que la denunciante hubiera inventado los hechos.

Asimismo, descartaron que las diferencias señaladas sobre las fechas y las personas a quienes la mujer contó inicialmente lo sucedido fueran suficientes para invalidar su testimonio.

La condena quedó ratificada

Con estos fundamentos, la Sala B rechazó por unanimidad el recurso de la defensa y confirmó la pena de seis años de prisión.

Mientras la sentencia no adquiera firmeza, el condenado deberá presentarse semanalmente ante la Oficina Judicial y mantener la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima. El incumplimiento de esas obligaciones podría derivar en la efectivización de la prisión preventiva.