La Sala 1 de la Cámara Civil de Apelaciones, integrada por las juezas Mariana Álvarez y Laura Torres, hizo lugar en las últimas horas a un amparo de la defensora oficial Ana Carolina Díaz. Todavía queda abierta al litigio la posibilidad de recurrir al Superior Tribunal de Justicia.
El tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 26 del decreto reglamentario 2218/94 de la ley 1194, que habilita la caza deportiva con jauría, por resultar contraria la ley 14136 que prohíbe el maltrato animal, según dispone en la parte resolutiva.
La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil revocó de esta manera una sentencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 5, a cargo de Mariana Pascual.
La defensora Díaz había presentado el pedido de inconstitucionalidad hace más de dos años, pero el amparo fue rechazado en primera instancia por la jueza Pascual. Ahora prosperó la apelación en la cámara. El cuestionamiento es a una parte de la ley solamente: la que autoriza la caza con jauría.
“Si bien en la caza deportiva como en toda actividad de caza el resultado será la muerte del animal capturado, lo distintivo de hacerla con jauría y que orienta la acción promovida por la Defensora es que en el desarrollo de la cacería bajo esa modalidad con jauría se infringe un mayor sufrimiento del que naturalmente o por otros medios de caza se produciría”, plantea los fundamentos de la sentencia.
“No solo respecto del animal cazado sino también al que se utiliza para cazarlo (al jabalí como a los perros, generalmente de la raza dogo, pero no la única), incluso también a la persona o personas que participan de ellas”, añadió.