Un abuelo de 75 años fue condenado hoy a nueve años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en concurso real. La víctima fue una nieta y los hechos se extendieron durante un largo tiempo.
La sentencia fue dictada por el juez de audiencia de General Pico, Carlos Federico Pellegrino, quien dio por probado –con las pruebas reunidas durante el juicio oral– que, sin poder precisar fechas exactas, las agresiones sexuales se produjeron en distintos lugares desde que la víctima tenía ocho o nueve años y hasta que cumplió quince.
La calificación legal y la sanción aplicada por el magistrado coincidieron en un todo con lo que había requerido la fiscal Ivana Soledad Hernández durante su alegato de cierre. El querellante particular, Mauro Gabriel Fernández –en representación de la damnificada, a su vez denunciante en la causa– había requerido, en cambio, una pena de 10 años de prisión.
El defensor particular, Norberto Angel Paesani, había planteado la absolución del imputado –actualmente jubilado y con arresto domiciliario– por aplicación del beneficio de la duda y, subsidiariamente, que reciba la pena mínima de tres años de prisión en suspenso por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo.
“La adquisición de la mayoría de edad por parte de la víctima, y la posibilidad de prestar declaración testimonial en oportunidad de realizarse la audiencia de debate, trajo aparejada la claridad necesaria para la comprensión de los hechos de consistencia sexual, a los cuales había resultado expuesta por parte de su abuelo paterno”, señaló Pellegrino en los fundamentos del fallo.
Al momento de establecer la sanción, el juez expresó que “resulta difícil hallar atenuantes” para la conducta del abuelo, por lo que solamente mencionó la falta de antecedentes registrables y su bajo nivel sociocultural.
En cambio, enumeró como agravantes “la propia naturaleza de los hechos, la edad de la víctima, el rol que él representaba para aquella y su deber de protección, la extensión del daño causado, la reiteración de los abusos, la cantidad de personas que afectó con su accionar y el hacer perder el vínculo en forma permanente con toda la familia paterna”.
Autoría y responsabilidad
El juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, declaró hoy la autoría y responsabilidad penal de un menor, que al momento de los hechos tenía 16 años, por el delito de abuso sexual a un menor de 13 años con acceso carnal vía anal, en concurso real con abuso sexual simple a un menor de 13 años.
El fallo fue dictado a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado, en forma conjunta, por la fiscala Verónica Silvana Ferrero, la defensora oficial Paula Lorena Arrigone y el propio acusado (hoy de 26 años), quien admitió su responsabilidad. La víctima, que se presentó al proceso como querellante particular y estuvo representada por la defensora oficial Carolina Muñoz, luego de ser informada de los alcances del acuerdo, también prestó su consentimiento.
Los abusos fueron cometidos hace una década en la casa del hermano del acusado, colindante con el domicilio de la víctima, en aquel momento un niño de ocho o nueve años. Una semana después la agresión se repitió y allí el imputado amenazó lo amenazó con hacerle daño.
La denuncia fue formulada, el año pasado, por la madre del damnificado (actualmente de 18 años), ya que este recién se lo había contado poco tiempo antes.
El imputado cuenta con antecedentes penales y actualmente permanece detenido en una cárcel de San Luis porque el 14 de junio de 2016 fue condenado a 12 años de prisión.