El Tribunal de Impugnación Penal confirmó dos condenas dictadas por la jueza de audiencia María José Gianinetto y el juez de audiencia Marcelo Pagano, ambos de General Pico, en casos de abuso sexual y robo agravado, respectivamente.
La Sala A, conformada por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi, ratificó la condena contra un empleado municipal de 34 años, a siete años de prisión, por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de la hija de un primo.
Así lo hizo saber al no hacer lugar al recurso de impugnación interpuesto por los defensores particulares, Cristina Lujan Salvadori y Jerónimo Altamirano, por lo que confirmó el fallo que Gianinetto dictara el 21 de diciembre.
Los hechos ocurrieron en una vivienda familiar, a la salida de un boliche, cuando el imputado le ofreció a la víctima, una menor de 16 años, llevarla a su casa y, en cambio, cerró con llave una habitación para cometer la agresión sexual. Después llamó al padre para que fuera a buscarla, argumentando que estaba borracha, lo que no fue verdad.
Schijvarger y Piombi respondieron minuciosamente, en un texto con 189 puntos, los cuestionamientos de la defensa; especialmente las presuntas contradicciones de los relatos de la víctima y algunos testigos.
Salvadori y Altamirano también se quejaron por la pena, pero el Tribunal les contestó que “la sentencia valoró la prueba de conformidad con las pautas de la sana crítica racional” y que “sus conclusiones no devinieron de la íntima convicción de la jueza, sino de la valoración conjunta de toda la prueba producida”.
Allí incluyeron las afectaciones que el episodio de violencia sexual le produjo a la menor y que se tradujeron en “consecuencias en su vida cotidiana, tales como dejar los estudios, no querer conocer gente nueva del sexo masculino y haber tenido episodios de autolesiones”.
Por otra parte, la Sala B del TIP, integrada por los jueces Gabriel Lauce Tedín y Filinto Rebechi, confirmó en un todo la sentencia que, el 7 de marzo dictara Pagano, condenando a Alex Javier Quiroz a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor de los delitos de robo agravado por la utilización de arma de fuego –cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada– y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con estelionato en grado de tentativa.
Tedín y Rebechi no hicieron lugar al recurso de impugnación presentado por el defensor Michel Divoy, en nombre del imputado. El abogado había sostenido que, con la prueba reunida durante el debate oral, existía una duda razonable y que por eso Quiroz (28 años) debía ser absuelto.
Sin embargo, el TIP ratificó su culpabilidad en las dos causas penales. En una dio por probado que el 22 de junio del año pasado, Quiroz ingresó a un departamento –junto a otra persona no identificada– y, exhibiéndole una pistola, le manifestó a su morador: “callate la boca, tirate al piso…. no grites, las manos en la nuca y no mires”. ……no mires”.
Luego le taparon los ojos con un buzo y llevaron a la víctima hacia una habitación ubicada en el primer piso, preguntándole donde había dinero. Allí le ordenaron que se arrodillara en el suelo y le sujetaron sus manos con el cable cargador de una computadora y un cinturón. Posteriormente ambos ladrones sustrajeron 133.000 pesos, una notebook, un teclado numérico, un celular, una billetera con documentación personal y tarjetas y una mochila.
En este otro legajo se acreditó que el 27 de junio, Quiroz tenía en su poder una notebook que desconocidos le habían robado el día anterior a otro damnificado y que intentó vendérsela a un hombre “al precio ínfimo” de 20.000 pesos; para lo cual le envió fotos a través del Whatsapp. Además también tenía un cuchillo que había sustraído del departamento.