Un joven de 19 años fue condenado a dos años y seis meses de prisión en suspenso, por ser autor de los delitos de violación de domicilio, amenazas simples y agravadas, daño simple, desobediencia judicial y resistencia a la autoridad en concurso ideal y real, en un contexto de violencia de género. Las víctimas fueron una expareja y otras personas.
La sentencia contra Adán Nicolás Viñas fue dictada por el juez de control de Victorica, Carlos Espínola, a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Enzo Paolo Rangone, la defensora oficial María Soledad Trímboli y el propio imputado, quien admitió la autoría de los hechos.
En el legajo penal quedó probado que Viñas ingresó al domicilio de su expareja, desobedeciendo una prohibición de acercamiento dictada por el propio Espínola cinco días antes, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contras las Mujeres.
En esas circunstancias, y sin tener autorización de los morados y portando “un cuchillo de gran tamaño” en una mano, amenazó verbalmente a su expareja y a otras cuatro personas que estaban allí, expresándoles “los voy a matar a todos, de acá no sale nadie vivo”. A su vez, con la misma arma destruyó el vidrio de una ventana y daño una puerta, dándole varios cuchillazos.
Posteriormente, con la cuchilla en la mano, siguió a uno de los hombres presentes en la vivienda hasta la comisaría de la localidad y, a pesar de que el comisario le hablara para que depusiera su actitud y le pidiera que dejara el arma, continuó hasta el hospital, “moviéndola de un lado a otro, mostrándose agresivo y manifestando verbalmente que mataría a toda la familia” de su expareja. Finalmente fue reducido por la fuerza por la policía.
“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que el hecho quedó debidamente probado, considerando que se incorporó como prueba de cargo la denuncia (de una de las víctimas), el parte de novedades del comisario, el acta de secuestro de la cuchilla, las declaraciones de cuatro testigos, el acta de constatación ocular y el croquis demostrativo del lugar y capturas de pantallas que corroboraron la vinculación del acusados con los hechos”, señaló el magistrado en el fallo.
Tras aclarar que en este procedimiento de solución alternativa al conflicto penal, el juez no puede imponer sanciones más gravosas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal; Espínola le impuso a Viñas el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar residencia, presentarse cada tres meses ante el Ente de Políticas Socializadoras, cesar todo acto de perturbación en perjuicio de su expareja y otra mujer, abstenerse de usar estupefacientes o abusa de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.