Santa Rosa: Confirmaron una condena por un “cuento del tío”

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó este jueves la condena al autor de un “cuento del tío”, al no hacer lugar al recurso defensivo que pretendió impugnar la sentencia a pesar de que fuera dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. El pasado 27 de abril, la jueza de control santarroseño, María […]

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó este jueves la condena al autor de un “cuento del tío”, al no hacer lugar al recurso defensivo que pretendió impugnar la sentencia a pesar de que fuera dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado.

El pasado 27 de abril, la jueza de control santarroseño, María Paola Frigerio, condenó a Santiago Agustín Muzzupappa a un año de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de estafa en grado de tentativa y resistencia a la autoridad y a dos años de cumplimiento de reglas de conducta.

¿Cuál fue el hecho? El acusado llamó por teléfono a una mujer para intentar sacarle información sobre su familia y preguntarle si tenía dinero. Luego le dijo que dejara la plata en una bolsa en la puerta de la vivienda. A media tarde, Muzzupappa llegó al lugar en una moto y cuando se acercó a tomar la bolsa (que contenía 5.000 pesos y papeles) fue sorprendido por la policía, que esperaba allí a partir de una advertencia de la damnificada. El imputado quiso escapar en la moto, pero fue aprehendido.

El abreviado fue acordado entre la fiscala Natalia Urruti, el defensor particular Leandro Lobato Epinal y el propio acusado, un joven de 23 años con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que admitió su culpabilidad.

Sin embargo, un nuevo defensor, Federico Lamelo, cuestionó el fallo aduciendo que si  alguien llamó y otra persona fue a retirar el botín, hubo dos involucrados y debió haber un plan en común. Por ello sostuvo que si solamente se condenó a Muzzupappa, él no formó parte de ese plan ni tuvo el dominio del hecho porque no fue quien telefoneó a la víctima.

“No comparto este criterio de la defensa, toda vez que indudablemente Muzzupappa fue la pieza central de la estafa (…), toda vez que lo expresado por la persona que llamó no podía efectivizarse sin su presencia, ya que se encargaría de obtener el dinero”, señaló el juez del TIP, Filinto Rebechi. E incluso acotó que fue “intrascendente”, a los fines de analizar la conducta delictiva del acusado, no haber poder establecer el vínculo con ese segundo hombre.

No obstante, Rebechi transcribió en el fallo diálogos entre dos celulares, el de Muzzupappa (bajo el nombre de Benjamín Franklin) y el de esa otra persona (identificada como Chanchan), donde este último iba guiando a aquel hasta el domicilio donde estaba el dinero.

“Estas comunicaciones entre Muzzupappa y la persona desconocida que lo guiaba hacia la vivienda nos está demostrando claramente que existía una concertación entre ambos y, por ende, él fue autor directo de la tentativa de estafa contra la denunciante”, sostuvo Rebechi. En el abreviado  había quedado probado –y el propio acusado lo reconoció– que él llamó a la mujer.

Por último, el magistrado también rechazó que el imputado no hubiera cometido el delito de resistencia a la autoridad. Para ello se basó en el testimonio del policía que, al ver que aquel desconoció la voz de alto, forcejeó con Muzzupappa cuando intentó huir, hasta que con la ayuda de un compañero pudieron detenerlo.