El pasado 13 de junio, los bloques opositores (UCR – PRO y Comunidad Organizada) enviaron una nota al intendente Luciano di Nápoli, solicitando que no promulgue la Ordenanza que establece un régimen de contratación directa a cooperativas ya que fue sancionada sin la mayoría especial que establece la Ley.
“Aunque el Intendente no ha dado una respuesta formal a dicha nota, entendemos que su postura es la expresada, recién ahora, por los concejales del Frejupa. Éstos, ante la carencia de fundamentos legales, salieron a responder mediáticamente con chicanas”, expresaron en un comunicado.
¿Qué habían dicho las y los concejales oficialistas?: dijeron que en el debate nunca reclamaron que se debía aprobar con los dos tercios y calificaron de “inconducente” el pedido. “Desde la reforma constitucional de 1994 los municipios argentinos gozan de Autonomía Municipal, y una de las más importantes dimensiones de esta autonomía es la referida a la autonomía económico–financiera, que implica la posesión de recursos propios y la facultad de disponer de los mismos en el manejo del gasto”, ampliaron.
“En este sentido, la Constitución de la Provincia de La Pampa le reconoce a los Municipios la atribución y el deber de recaudar e invertir sus recursos, y la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento faculta a los Municipios a dictar las ordenanzas sobre contrataciones de obras públicas, servicios públicos y suministros, fijando los montos para efectuar adjudicaciones en forma directa, por concurso de precios, licitación privada o pública”, agregaron.
“Por esto, desde el FREJUPA entendemos que se trata de un planteo inconducente, que sólo busca esquivar la responsabilidad política por no haber acompañado a un sector que requiere de esta herramienta legislativa”, concluyeron.
En la oposición insistieron con que “el Intendente y sus concejales, por no reconocer el error, comprometen la responsabilidad patrimonial del Municipio, que queda expuesto frente a contratos que pueden ser declarados ilegales”.