Condena con prisión efectiva por una estafa

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, Nora Gómez, condenó a Juan Gabriel Rodríguez Luna, de 31 años, como autor material y penalmente responsable del delito de estafa; a la pena de un  mes de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente. La fiscalía acusó al imputado de […]

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, Nora Gómez, condenó a Juan Gabriel Rodríguez Luna, de 31 años, como autor material y penalmente responsable del delito de estafa; a la pena de un  mes de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente.

La fiscalía acusó al imputado de haber desapoderado entre los días 11 y 12 de abril del corriente año, de  la suma de $54.690 al damnificado, quien  había extraviado su tarjeta de débito el día 11 de abril pasado en el cajero automático de un supermercado de la localidad piquense,  y haber llevado a  cabo entre los días 11 y 12 de abril, compras en otro local comercial de la misma ciudad.

El acuerdo fue presentado por el fiscal general Armando Agüero, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. El damnificado al ser informado sobre el acuerdo, se pronunció conforme con la vía procesal elegida para finalizar el proceso.

“A través del material probatorio recolectado y reseñado es posible concluir que el hecho sucedió de la forma señalada en el acuerdo de juicio abreviado y descripto en el considerando del presente fallo, y el imputado ha sido autor del mismo, así lo ha reconocido”, dijo la magistrada.

Gómez agregó en el fallo que “los registros fílmicos del propio local comercial permitieron a personal policial establecer la identidad de Juan Gabriel Rodríguez Luna, a quien se lo ve realizando las compras, de las que brindó detalles la empleada del local comercial que lo atendió, a quien el imputado -ante la imposibilidad de colocar la contraseña- terminó diciéndole que la tarjeta era robada”.

La defraudación consistió en usar una tarjeta de compra, débito, que ingresó en el ámbito de dominio del autor, al ser olvidada por el titular en el cajero automático mencionado.  Juan Gabriel Rodríguez Luna conocía y utilizó una tarjeta de compra, obtenida en las condiciones señaladas y así logró ocasionar el perjuicio patrimonial”, expresó la jueza.