La jueza de control de General Pico, Nora Gómez, condenó a David Emanuel Lara, de 23 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de robo agravado por escalamiento y hurto simple; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento con expresa declaración de reincidencia.
La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal María Verónica Campo, el defensor oficial Héctor Freigedo y el imputado. Fueron dos hechos presentados en dos legajos diferentes. Los damnificados en ambos legajos, estuvieron de acuerdo con la modalidad adoptada para finalizar el proceso.
En el primer legajo se constató que el 15 de mayo de este año, el imputado ingresó al galpón del domicilio de una familia de la localidad de Parera, saltando el tapial trasero de la vivienda de 1.88 mts. de altura. Dañó con un hierro el vidrio de la ventana delantera izquierda de una pick-up. Sustrajo de esta, una billetera conteniendo $ 7.000, dos tarjetas de débito, una tarjeta de crédito Naranja, un DNI y una licencia de conducir. Asimismo del interior del galpón sustrajo un atornillador a batería y una amoladora.
En el segundo legajo quedó de mostrado que el 5 de febrero del corriente año, en un local comercial de la localidad de Rancul, se presentó como cliente David Emanuel Lara y mediante ardid de distracción le pidió precios de productos comestibles. Mientras tanto, de la caja registradora que estaba en el mostrador, sustrajo el dinero recaudado y tras haber realizado una compra se retiró del lugar con la suma aproximada de $15.000.
Respecto a la pena acordada, la magistrada consideró que” es la que se debe aplicar habida cuenta las pautas establecidas por los arts. 40 y 41 del C.P. Asimismo, en cuanto a la imposición de penas, el acuerdo de partes es un límite infranqueable y ajeno a cualquier injerencia del juez”.