El juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó por el procedimiento de juicio abreviado a William Eulogio Céspedes a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor del delito de chantaje y le unificó esa pena con otra anterior –le restaban cumplir dos meses y tres días de prisión– en tres años efectivos; declarándolo reincidente.
En el legajo se probó que Céspedes, de 30 años, desde 2018 y hasta 2022 le exigió a un hombre “en forma reiterada y sostenida” entregas de dinero a cambio de no revelarle a su familia un hecho falso. En algunas oportunidades lo chantajeó en forma telefónica desde la Unidad 4, de Santa Rosa, donde permanece detenido.
La víctima le dio plata a Céspedes en forma personal y a través de terceras personas, a veces en la vía pública. En una ocasión, el acusado fue hasta la casa del damnificado –estando con salidas transitorias– y le exigió 500.000 pesos para comprarse un vehículo; pero ante la negativa de aquel le dijo que lo denunciaría y se marchó en el remís en el que había llegado.
En otra oportunidad, el imputado le expresó que debía comprarle una moto a su pareja (una de las personas que recibió dinero de la víctima). El hombre accedió y la compró.
Pregno señaló en el fallo que Céspedes coaccionó al damnificado “mediante la modalidad de infundirle temor respecto de que, si no le daba las sumas dinerarias, iba a revelar ante su familia y a denunciarlo ante las autoridades por un hecho falso”. Agregó que “preso del miedo a que se difundiera y denunciara ese hecho”, la víctima pagó; “afectando así su libertad de acción/decisión y su patrimonio”.
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado, en forma conjunta, por el fiscal general Armando Agüero, el defensor oficial Alejandro Caram y el propio imputado, quien admitió voluntariamente su culpabilidad. El damnificado y su patrocinante, al conocer sus alcances, también brindaron su consentimiento.
Entre las pruebas incorporadas al expediente penal figuraron las llamadas de Céspedes, una filmación cuando fue al domicilio de la víctima, informes de la Unidad Penitenciaria 4, una carta escrita por el damnificado, recibos de pago de la moto e informes de compañías telefónicas, entre otras.