En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, Nora Gómez, condenó a una madre de 36 años, como autora material y penalmente responsable del delito delesiones leves calificadas por el vínculo; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Además le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio; abstenerse de llevar a cabo cualquier acto de perturbación al niño damnificado- su hijo de 14 años-; la obligación de concurrir ante las autoridades judiciales y/o administrativas correspondientes en relación a su situación con el niño y someterse a la Unidad de Abordaje prevista por Ley provincial 2831.
El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor oficial Héctor Freigedo y la imputada. El progenitor del menor damnificado, al ser informado sobre los alcances del acuerdo, manifestó su conformidad.
A través del plexo probatorio incorporado en el acuerdo se pudo acreditar que el 17 de octubre de 2022, en horario matutino, en el domicilio donde convivían, la imputada agredió físicamente a su hijo adolescente causándole lesiones de carácter leves. Las lesiones “se califican y fundamenta una mayor penalidad, al haberlas causado la progenitora”, agregó la magistrada.
La investigación del hecho se inició ante manifestaciones que realizó el damnificado ante la denunciante , la asesora pedagógica del colegio al que asiste el menor y en presencia de la directora del establecimiento.
Respecto a la pena acordada, la jueza consideró que “es la que se debe aplicar habida cuenta las pautas establecidas por los arts. 40 y 41 del C.P. Asimismo, en cuanto a la imposición de penas, el acuerdo de partes es un límite infranqueable y ajeno a cualquier injerencia del juez”.