El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, conformada por los jueces Gastón Boulenaz, Carlos Alberto Besi y Andrés Olié, declaró este viernes al mediodía al dirigente político Juan Grotto como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por haber sido ejecutado contra una persona menor de 18 años; aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.
Como se trata de un juicio de cesura, la Audiencia fijó para el martes 6 de agosto, a las 8, la audiencia de imposición de pena. Para ello, las partes tendrán cinco días para ofrecer las pruebas que consideren pertinentes.
El Tribunal, con las pruebas ofrecidas durante el juicio oral, acreditó que el agresor abusó de la niña, hija de su esposa, en reiteradas ocasiones en la vivienda familiar durante seis años; desde que la víctima tenía 8 hasta los 14.
“La validez del testimonio de la niña se vio reforzado por el sostenimiento del relato en el tiempo y a diferentes interlocutores: su psicóloga, el padre, la entrevista en Cámara Gesell y, finalmente en la entrevista clínica mantenida para la pericia recibieron –en los aspectos esenciales– el relato de los mismos hechos”, indicó Olié, autor del voto inicial, al que adhirieron sus pares.
A su vez, los jueces absolvieron al imputado del delito de exhibiciones obscenas por el que fuera acusado por el querellante particular, el abogado particular, Juan Manuel Díaz, en representación del padre de la niña.
La acusación del Ministerio Público Fiscal estuvo a cargo de la fiscala Verónica Ferrero; mientras que la defensa particular fue ejercida por Vanessa Ranocchia y Marcos Paz.