Defensa del Consumidor dispuso fuertes multas a comercios infractores de la provincia

La Dirección de Defensa del Consumidor perteneciente al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a cargo del ministro Ariel Rauschenberger, realizó 59 actos administrativos, disposiciones que aplican sanciones a diferentes empresas y comercios a través de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, alcanzando la cifra de $ 15.000.000. Los rubros que sobresalen […]

La Dirección de Defensa del Consumidor perteneciente al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a cargo del ministro Ariel Rauschenberger, realizó 59 actos administrativos, disposiciones que aplican sanciones a diferentes empresas y comercios a través de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, alcanzando la cifra de $ 15.000.000.

Los rubros que sobresalen en las disposiciones son vinculados a empresas administradoras de planes de ahorro de vehículos, empresas de turismo y hotelería, comercios de indumentaria deportiva, empresas de telefonía móvil y empresas financieras, en otros casos.

Florencia Rabario, responsable del área, detalló que la información publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial con sanciones a empresas y comercios se da en el marco del cumplimiento a la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor. El procedimiento establecido en la Ley de Defensa del Consumidor se caracteriza por ser un “procedimiento conciliatorio”, que es motivado por la denuncia de una persona, se habilita a la autoridad de aplicación administrativa a convocar a una audiencia de mediación donde se puedan ampliar los detalles del reclamo.

En este caso, Rabario destacó el rol de su Dirección. “El trabajo principal de nuestra oficina radica en fortalecer la etapa de mediación entre los consumidores y las empresas, con el objetivo de resolver los inconvenientes que pudieran tener”. La funcionaria agregó que “si estos conflictos no se pueden resolver en la mediación (y existe una violación a la Ley de Defensa del Consumidor), corresponde utilizar las herramientas que la Ley prevé para que estas conductas no se reiteren en el futuro”.

En aquellos casos en los que una empresa o comercio no solucione el problema denunciado o evada la convocatoria prevista en la Ley, se establece que la Dirección General de Defensa del Consumidor pueda efectuar una imputación ante las infracciones constatadas y, de corresponder, se imponga una sanción.