El IPAV recuperará tres viviendas sociales por incumplimientos en la ocupación y el pago

El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) dispuso dejar sin efecto la tenencia precaria de tres viviendas sociales ubicadas en Eduardo Castex, Santa Rosa y 25 de Mayo. Las medidas se fundamentaron en la falta de ocupación efectiva y permanente de los inmuebles y, en dos de los casos, también en deudas por las cuotas…

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El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) dispuso dejar sin efecto la tenencia precaria de tres viviendas sociales ubicadas en Eduardo Castex, Santa Rosa y 25 de Mayo. Las medidas se fundamentaron en la falta de ocupación efectiva y permanente de los inmuebles y, en dos de los casos, también en deudas por las cuotas de amortización.

Las resoluciones fueron incluidas en el Boletín Oficial provincial del 23 de octubre. Además de las tres rescisiones, el organismo inició otras actuaciones administrativas para regularizar situaciones de titularidad, ocupación y pago en viviendas de General Pico, Parera, Realicó y Villa Mirasol.

Las viviendas alcanzadas por las rescisiones

En Eduardo Castex, mediante la Resolución Administrativa 20/26-IPAV, se rescindió el acta de tenencia precaria de la vivienda 32 del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas-Reconversión, adjudicada a Lucrecia Pamela Gatica y Luis Ezequiel Dagnino.

La decisión se apoyó en la falta de ocupación efectiva y en el incumplimiento de las cuotas de amortización. También dejó sin efecto la adjudicación realizada en 2015 y autorizó al organismo a recuperar la posesión del inmueble.

En Santa Rosa, la Resolución Administrativa 552/2026 alcanzó a la vivienda 454 del Plan Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno 2015, Zona E, cuya titular es María Soledad Torres. En este caso, se señalaron como motivos la falta de ocupación efectiva y permanente y la deuda por las cuotas correspondientes. El IPAV también quedó facultado para tomar posesión de la unidad.

La tercera medida corresponde a la vivienda 8 del Plan FO.NA.VI I, ubicada en 25 de Mayo. A través de la Resolución Administrativa 195/2026, se rescindió el acta de tenencia precaria suscripta en 1996 con Emilio Leonardo Mikelovich, debido a la falta de ocupación efectiva y permanente.

Notificaciones a presuntos herederos

Además de las rescisiones, el IPAV notificó a presuntos herederos de antiguos adjudicatarios para que regularicen deudas y documentación vinculadas con viviendas sociales.

En General Pico, se intimó a quienes resulten herederos de Margarita Ester Rodríguez y Raimundo García Arrieta, titulares originales de la vivienda 265 del Plan FO.NA.VI. 3000, Zona 19. El plazo establecido es de diez días hábiles desde la última publicación para regularizar la deuda. Si no presentan su defensa, el organismo podrá resolver las actuaciones y avanzar con acciones judiciales.

También en General Pico, los presuntos herederos de Pacífico Nieto y Francisco Alfonso fueron intimados a regularizar el pago de las cuotas correspondientes a la vivienda 82 del Plan 5000 Viviendas, Zona 5, primera etapa, dentro de los diez días hábiles posteriores a la última publicación.

En Parera, la notificación está dirigida a los presuntos herederos de Ceferino Cruz Velázquez, titular original de la vivienda 9 del Plan FO.NA.VI. 3000. Deberán presentar la documentación necesaria para regularizar la titularidad y atender las obligaciones de pago y ocupación.

En Realicó, el requerimiento alcanza a los presuntos herederos de Virginia Noemí Daffara, titular original de la vivienda 88 del Plan Plurianual, tercera etapa, año 2012. El organismo les otorgó diez días hábiles desde la última publicación para regularizar la situación de pago y ocupación, bajo apercibimiento de continuar el procedimiento que podría derivar en la rescisión.

Un descargo por una vivienda en Villa Mirasol

Por último, el IPAV intimó a Erica Yael Schwerdt, adjudicataria de la vivienda 9 del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas, tercera etapa, año 2012, de Villa Mirasol.

La notificación señala una presunta falta de ocupación efectiva y permanente, además de la existencia de deuda. La titular cuenta con diez días hábiles desde la última publicación para presentar por escrito las pruebas de descargo correspondientes. Si no ejerce su derecho de defensa, el organismo podrá continuar el trámite y resolver una eventual rescisión.

Las actuaciones forman parte de los procedimientos administrativos del IPAV para verificar el cumplimiento de las condiciones de adjudicación, regularizar las obligaciones pendientes y recuperar las viviendas en los casos en que corresponda.