Establecen el 15 de septiembre de cada año como el “Día Provincial de la Adopción”

La Legislatura pampeana aprobó que el 15 de septiembre de cada año se conmemorará el “Día Provincial de la Adopción”. La intención es concientizar y promover la adopción en nuestra provincia, como así también asegurar los derechos de las infancias y adolescentes a vivir en una familia que le provea los cuidados necesarios para crecer […]

La Legislatura pampeana aprobó que el 15 de septiembre de cada año se conmemorará el “Día Provincial de la Adopción”. La intención es concientizar y promover la adopción en nuestra provincia, como así también asegurar los derechos de las infancias y adolescentes a vivir en una familia que le provea los cuidados necesarios para crecer y desarrollarse.

La iniciativa fue presentada por la diputada Noelia Sosa (Fre.Ju.Pa). De esta manera, la fecha quedará incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la provincia de La Pampa.

“El objetivo del proyecto es brindar una herramienta más para la visibilización, concientización y comprensión de la importancia de la temática”, comunicaron desde el bloque del peronismo. “Ante ello se establece que, durante la semana del 15 de septiembre de cada año, el Poder Ejecutivo Provincial deberá implementar en el territorio provincial campañas destinadas no solo a generar conciencia sobre la importancia de la adopción, sino también a difundir información referida a todo el proceso, requisitos, duración de los tramites y demás datos que resulten de interés sobre la adopción de menores en la provincia de La Pampa”.

En la fundamentación del proyecto se menciona que si bien la adopción es una práctica que comenzó a realizarse hace siglos, recién el 15 de septiembre de 1948, se sancionó en Argentina la primera ley de adopción, y por ello se adopta esafecha como día de conmemoración.

El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina conceptualiza la adopción como “una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen”. En la mayoría de las situaciones las niñas, niños y adolescentes crecen junto a su familia de origen, y es allí donde encuentran respuesta a sus necesidades. Sin embargo, y ante ciertas vulneraciones de derechos que pueden sufrir los mismos, se considera necesario para su protección que sean separados de su grupo familiar. De esta manera ingresarán a un hogar o estarán al cuidado de una familia de tránsito, para poder así desde el Estado realizar las evaluaciones que se requieran pertinentes, y trabajar con el grupo familiar, en pos de restaurar la vulneración de derechos inicial (medida de abrigo o excepcional). En el caso que ello no resulte posible y se agoten todas las estrategias, continuando con el proceso administrativo y judicial iniciado, se podrá declarar la situación de adaptabilidad de esa niña, niño o adolescente. La adopción es la última instancia posible tendiente a restituir el derecho en la niñez de vivir y desarrollarse en una familia.