Estatales a cargo de personas con discapacidad podrán reducir su jornada laboral

El Gobierno de La Pampa reglamentó una ley que permite a los trabajadores de la Administración Pública provincial reducir hasta un 15% su jornada laboral cuando tienen a su cargo personas con discapacidad. El beneficio busca facilitar las tareas de cuidado sin afectar la situación laboral de los agentes que accedan a esta posibilidad. La…

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El Gobierno de La Pampa reglamentó una ley que permite a los trabajadores de la Administración Pública provincial reducir hasta un 15% su jornada laboral cuando tienen a su cargo personas con discapacidad. El beneficio busca facilitar las tareas de cuidado sin afectar la situación laboral de los agentes que accedan a esta posibilidad.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto Nº 1832, publicado el viernes en el Boletín Oficial, que reglamenta la Ley Nº 3655, sancionada el 19 de junio de 2025.

La normativa alcanza a los empleados estatales comprendidos en los distintos estatutos provinciales que tengan a su cargo personas con discapacidad, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley Nº 2226.

Cómo se podrá utilizar la reducción horaria

La disminución de la jornada podrá organizarse de manera acumulada en uno o varios días del mes. Sin embargo, el tiempo no utilizado no podrá trasladarse al mes siguiente y el acumulado no podrá superar el equivalente a tres jornadas laborales completas por mes.

Además, los trabajadores deberán cumplir con sus horarios dentro de las franjas que determine cada organismo de la administración pública.

Para acceder al beneficio, los interesados deberán completar un formulario y presentar documentación que acredite tanto la discapacidad como la responsabilidad de cuidado sobre la persona.

Entre los requisitos establecidos se encuentran el Certificado Único de Discapacidad (CUD) de la persona o las personas a cargo, expedido por las juntas evaluadoras correspondientes, y documentación que permita demostrar el vínculo o la responsabilidad legal.

En el caso de personas menores de edad, podrá presentarse el acta de nacimiento. También se contempla la presentación de una sentencia de restricción a la capacidad o una medida cautelar otorgada, según corresponda.

La reglamentación fija, además, un plazo máximo de 30 días entre la solicitud del beneficio y su otorgamiento.

El marco legal de protección

La Ley Nº 3655 se vincula con la Ley Provincial Nº 2226, aprobada a fines de 2005, que establece un régimen especial de protección integral para las personas con discapacidad en La Pampa.

Ese marco contempla aspectos relacionados con la atención médica, la educación, la seguridad social, la integración, la accesibilidad y la prevención.

La legislación considera a las personas con discapacidad como aquellas que presentan alteraciones funcionales permanentes o prolongadas —motoras, viscerales, mentales, sensoriales o múltiples— que, en relación con su edad y entorno social, generan desventajas para su integración familiar, social, educativa o laboral.

Con la reglamentación de la Ley Nº 3655, los agentes provinciales que reúnan las condiciones establecidas podrán solicitar una reducción horaria para compatibilizar sus responsabilidades laborales con las tareas de cuidado.