El juez de control de General Pico, Diego Ambrogetti, condenó a Raúl Nazareno Osorio, de 24 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de robo simple; a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento. Además le mantuvo la declaración de reincidente.
También ordenó, en concepto de indemnización del daño causado, que Osorio abone la suma total de cuatro mil cuarenta pesos.
El acuerdo fue presentado por el fiscal Damián Campos, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. El damnificado, al ser informado sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.
El hecho ocurrió en la madrugada del 19 de septiembre de este año, cuando Raúl Nazareno Osorio, una menor de edad y presumiblemente otra persona, abordaron un remis colocándose Osorio en el asiento del acompañante, y la otra persona, con la menor de edad, en el asiento trasero.
Luego le solicitaron al conductor que los acercara a calle 19 y 44 de este medio. Al estar llegando al lugar indicado, Osorio le dijo al conductor que no era el lugar, que era del otro lado de la vía, motivo por el cual el damnificado los condujo hasta las calles indicadas, donde al ir aminorando la marcha para estacionar, Osorio le arrebató la llave del rodado, provocando que el vehículo automáticamente se frenara. Tras ello, y simulando poseer un arma de fuego, le manifestó reiteradamente “dame la billetera, te pego un tiro si no me das la plata” insistiendo en que no le mirara la cara, motivos por el cual sin decirle nada, el conductor del vehículo le entregó una billetera que contenía una suma de dinero aproximado de 4.800 pesos. Además, Osorio le revisó los bolsillos sustrayéndole del bolsillo del pantalón la suma de 2.500 pesos aproximadamente y un teléfono celular. Luego, se bajaron inmediatamente las tres personas del vehículo y cruzaron un puente que conecta la calle 21 con la calle 19, constatando el damnificado en ese momento que Osorio se había llevado las llaves del vehículo, las cuales arrojó por delante del automotor.
A pedido de la fiscalía, el juez absolvió a la acompañante menor de edad. Al respecto, el juez expresó que corresponde hacer lugar a la absolución, atento a que, conforme surge del acuerdo presentado, de la investigación llevada se corrobora que si bien la menor se encontraba junto al imputado Osorio en el momento del hecho, no habría tenido participación criminal en el mismo. El damnificado, manifestó que la menor “sólo se ubicó en la parte trasera del vehículo, no expresando ni realizando ningún acto vinculado al ilícito”.
En el fallo se dejó constancia que el pasado 17 de octubre se otorgó la suspensión del proceso a prueba por el término de un año, como salida alternativa al proceso, a la otra persona que también había sido imputada en el hecho.