Gil Domínguez: “El Pacto de Mayo es otro burdo intento por desplazar la Constitución”

El constitucionalista pampeano Andrés Gíl Domínguez afirmó que “el Pacto de Mayo es otro burdo intento por desplazar la Constitución” y advirtió que “el objetivo final persigue imponer un modelo autocrático”. Además, señaló que “su texto no es producto de ningún consenso y se asemeja más a un contrato de adhesión impuesto desde el centralismo […]

El constitucionalista pampeano Andrés Gíl Domínguez afirmó que “el Pacto de Mayo es otro burdo intento por desplazar la Constitución” y advirtió que “el objetivo final persigue imponer un modelo autocrático”. Además, señaló que “su texto no es producto de ningún consenso y se asemeja más a un contrato de adhesión impuesto desde el centralismo unitario”.

De esa forma, Gil Domínguez renovó los cuestionamientos al pacto que firmó Javier Milei este 9 de julio, de madrugada, junto a algunos gobernadores. El reconocido especialista viene criticando con dureza los principales instrumentos del modelo anarcolibertario, como el DNU o la ley Bases.

El constitucionalista pampeano recordó que “de 1810 a 1853 la progresiva construcción institucional de la nación argentina estuvo basada en la celebración de pactos interprovinciales. Fueron veintiocho pactos que, como una suerte de derecho contractual, configuraron un régimen de tránsito sin el cual, no se hubiera alcanzado, en el período 1853-1860, la unidad de las provincias originarias de catorce bajo la forma federativa”.

En ese sentido, en X mencionó que “en nuestra historia los pactos precedieron a la normatividad”. Ydetalló que el Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos (1852) acuñó la sanción de la Constitución de 1853. El Pacto de San José de Flores (1859) posibilitó la incorporación de la provincia de Buenos Aires a la Confederación Argentina y sentó las bases para las modificaciones constitucionales operadas en 1860, concluyendo de esta manera la etapa del poder constituyente originario iniciada en 1853. El Pacto de Olivos (1993) habilitó la reforma integral de la Constitución votada unánimemente por unanimidad por los Convencionales Constituyentes.

“El Pacto de Mayo que se suscribe en julio -diferenció- no tiene nada que ver con los pactos celebrados a lo largo de la historia constitucional argentina por cuanto estuvo precedido por la imposición de sancionar la ley bases, su texto no es producto de ningún consenso y se asemeja más a un contrato de adhesión impuesto desde el centralismo unitario”.

Además, indicó que “algunos contenidos del Pacto de Mayo desconocen la normatividad constitucional y convencional vigente”. En esa línea, precisó que “se propone pactar que “la propiedad es inviolable” cuando la Constitución así lo establece junto al límite de la utilidad pública (o el interés social tal como expresa la Convención Americana sobre derechos humanos) como causa justificada de la expropiación. Se plantea estipular “una educación inicial, primaria y secundaria útil y moderna, con alfabetización plena y sin abandono escolar” omitiendo que la Constitución argentina y los tratados sobre derechos humanos que ostentan jerarquía constitucional incluyen a la educación universitaria agregando que en todos los niveles la educación estatal debe ser gratuita, equitativa, promotora de los valores democráticos, garantizadora de la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna y orientada al respeto por los derechos humanos. Se obliga a las provincias a “rediscutir” la coparticipación federal de impuestos o a “explotar los recursos naturales del país” desconociendo que la Constitución argentina establece un sistema de coparticipación y que a las provincias les corresponde el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. territorio”.

Gil Domínguez sostuvo que “si una Constitución provincial se reformara incorporando algunos de los contenidos del Pacto de Mayo (tales como el derecho de propiedad o el derecho a la educación) sería declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Lo mismo sucedería con una Carta Orgánica de un municipio”.

“El Pacto de Mayo es otro burdo intento por desplazar la Constitución argentina y desconocer la reforma de 1994 sin tener que someterse al proceso de reforma expresamente estipulado en el art. 30. El objetivo final persigue imponer un modelo autocrático que tenga como punto de partida a las “Provincias Unidas del Sur” soslayando, una vez más, que nuestra identidad constitucional se funda en las Provincias Unidas del Río de la Plata, la Confederación Argentina o la República Argentina”, concluyó.