El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, condenó al pastor Esteban Eduardo Cabrera, de 48 años, por ser autor de la infracción contemplada en el artículo 97, inciso 1°, del Código Contravencional (ruidos molestos); a la pena de 39 días multa, equivalente a 71.760 pesos.
La sentencia fue dictada como consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Francisco Cuenca, el defensor particular Mariano Sánchez y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad.
Los hechos probados tuvieron como damnificados a tres vecinos de la Iglesia “La Hermosa”, ubicada en calle 31 y 106 de General Pico, y a Cabrera se le imputó “haber provocado molestias públicas innecesarias, al reproducir música a alto volumen, y realizar ruidos con aparatos musicales, sonoros y eléctricos en reiteradas ocasiones”. Fueron 17 veces en 14 días y en diferentes horarios.
En el abreviado las partes tuvieron en consideración que Cabrera había sido condenado, por el mismo motivo, el 2 de septiembre del año pasado. Por eso Boga Doyhenard lo declaró reincidente.
También le impuso las siguientes sanciones y cumplimiento de reglas de conducta: a) prohibición en la Iglesia “La Hermosa” de usar elementos de percusión, altoparlante, micrófonos, baterías, amplificadores y cualquier tipo de instrumentos musicales; así como elementos electrónicos para amplificar los sonidos, por el plazo de seis meses; contados desde que se aprueben judicialmente las modificaciones para insonorización ordenadas en la condena anterior; b) abstenerse de realizar ensayos musicales y/o asambleas con instrumentos musicales y amplificación de sonidos, durante los horarios de descanso (de lunes a domingo de 13 a 16 y de 21 a 9).