El juez de control, Carlos Matías Chapalcaz, homologó hoy un acuerdo de un juicio abreviado y condenó a Nicolás Agustín Lallana a dos años de prisión en suspenso, por ser autor del delito de lesiones graves.
Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó probado que el 9 de julio pasado, a la madrugada, el imputado de 19 años “agredió físicamente, mediante la utilización de un arma blanca” a un joven de su misma edad, “en circunstancias en que ambos se encontraban en la esquina de Balcarce y Pasaje Darroupe, en Toay” después de haber concurrido a una reunión social en una vivienda situada a metros de allí. De esa forma le provocó “una herida en el abdomen que requirió de una cirugía inmediata”.
El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del abreviado, que fue presentado en forma conjunta por el fiscal Oscar Alfredo Cazenave, el defensor particular Fabricio Eugenio Vigne y el propio Lallana, quien admitió la autoría del delito. La víctima, al ser notificada del acuerdo, también prestó su conformidad.
Más allá del reconocimiento realizado por el acusado, Chapalcaz valoró el relato de una testigo presencial, el informe policial del oficial que concurrió al lugar, fotografías del arma y de las ropas que llevaban el agresor y la víctima y la inspección ocular. También se incorporaron al expediente varios certificados médicos.
Además a Lallana se le fijaron las siguientes pautas de conducta durante dos años: a) fijar residencia y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de Personas en conflicto con la ley penal; b) prohibición absoluta de acercamiento a menos de 200 metros y de cualquier tipo de contacto con la víctima; c) abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; y d) realizar un tratamiento psicológico o terapéutico.