La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó un recurso extraordinario y de esa manera dejó firme la sentencia contra el docente Marcelo Tatavitto, condenado a 12 años de prisión por los abusos de dos niños en el jardín de infantes de 25 de Mayo. Ahora deberá ser detenido en las próximas horas.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”, dijeron en el fallo. “Se desestima la presentación directa. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día de notificada, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del código citado, a disposición del Tribunal, bajo apercibimiento de ejecución”, añade el documento.
El fallo fue firmado este martes por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti.
De esta manera, se confirmó la condena a 12 años de prisión como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado, por haber provocado un grave daño en la salud mental de la víctima, y abuso sexual gravemente ultrajante. Esa condena fue impuesta por una Audiencia de Juicio y ratificada, sucesivamente, por el Tribunal de Impugnación Penal, el Superior Tribunal de Justicia y ahora por la Corte.
Los hechos concursaron en forma real y fueron cometidos en perjuicio de dos alumnos del Jardín de Infantes N° 12 de 25 de Mayo.
Los defensores particulares del acusado, Omar Gebruers y Alejandra Lezcano López, habían presentado un recurso extraordinario solicitando la absolución de Tattavito por insubsistencia de la acción penal, es decir, porque no se llegó a una sentencia firme en un plazo razonable. Pero el planteo fue finalmente rechazado.
Cronología de los hechos
El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa dictaminó el 1 de febrero de 2017 que Tatavitto Roade debería cumplir una condena de 18 años de prisión por su participación en dos casos de abuso ultrajante y su involucramiento en un tercer incidente de abuso sexual gravemente ultrajante contra menores. Este acto delictivo tuvo lugar entre marzo y abril de 2015 en el baño de la Oficina de Coordinación, donde Tatavitto trabajaba, ubicada dentro del mismo edificio que la Escuela Especial 10, compartiendo instalaciones con el JIN.
El fallo fue posteriormente confirmado por el Tribunal de Impugnación Penal tres meses más tarde.
En 2021, la Sala B del Superior Tribunal, presidida por los ministros Fabricio Luis Losi y Elena Victoria Fresco, anuló la sentencia condenatoria, ordenando al Tribunal de Impugnación Penal que emitiera un nuevo fallo con una composición diferente.
El Tribunal de Impugnación Penal, bajo la dirección de Chapalcaz y Ordas, emitió una nueva sentencia el 20 de septiembre de 2020. En esta ocasión, Tatavitto Roade fue condenado a 12 años de prisión por dos casos de abuso sexual gravemente ultrajante, mientras que fue absuelto del tercer caso debido a “una duda razonable”.
En octubre de 2021, Tatavitto recuperó su libertad después de pasar cuatro años en prisión preventiva. Esto se debió a una resolución del Superior Tribunal de Justicia que, en respuesta a un recurso de hábeas corpus presentado por sus abogados defensores, determinó que el plazo de prisión preventiva había expirado en 2017.