Registro Provincial de Guías de Turismo

Luego de la sanción de la Ley Provincial de Guías de Turismo y la apertura del registro, la Secretaria de Turismo de La Pampa, Adriana Romero, hizo entrega de la certificación al guía especializado Juan Pablo Pollak. La Secretaría de Turismo, de esta manera, tiene su primer guía inscripto bajo la nueva normativa que es la […]

Luego de la sanción de la Ley Provincial de Guías de Turismo y la apertura del registro, la Secretaria de Turismo de La Pampa, Adriana Romero, hizo entrega de la certificación al guía especializado Juan Pablo Pollak.

La Secretaría de Turismo, de esta manera, tiene su primer guía inscripto bajo la nueva normativa que es la Ley Provincial de Guías de Turismo y la reglamentación de la Ley Nº 3092. De esta forma se puso en funcionamiento el Registro de Prestadores de Servicio, conforme a la clasificación que establece la normativa vigente.

El principal objetivo es regularizar la actividad y ofrecer tanto al turista como a los prestadores un marco legal de contención.

La secretaria de Turismo, con motivo de la entrega de la credencial N° 1 al Guía Juan Pablo Pollak, que “un buen destino turístico se diferencia porque cuenta con gente muy buena en interpretar patrimonio, en liderar, comunicar, diseñar itinerarios interpretativos, conocedora del territorio y que sabe qué hacer para cuidar la seguridad del turista. El guía habilitado suma valor a la cadena y nos califica para aspirar a una competitividad y posicionamiento basados en la calidad, calidez, actitud y eficiencia de nuestros servicios. Estamos convocando a los guías y prestadores a registrarse y así seguir en este camino en busca de la mejora continua”, indicó.

En cuanto a la promoción del trabajo local, registrado y formal, la Ley especifica, en su artículo 6°, que “el Guía de turismo nacional o extranjero que ingrese con un contingente a la Provincia deberá ser asistido dentro de ésta y durante toda su estadía, por guías inscriptos en el Registro Provincial de Guías de Turismo”.

Por única vez, y por un plazo que no exceda de un año de sancionada la Ley, se autoriza la inscripción en el registro a aquellas personas que careciendo de título habilitante de guía de turismo acrediten una experiencia en el ejercicio profesional superior a dos años y cumplan con los requisitos que determine la autoridad de aplicación.

El mencionado Registro funciona bajo la órbita del Área de Fiscalización de la Secretaría y la inscripción es gratuita. Podrán inscribirse o realizar el trámite de manera virtual.

Para mayor información los distintos medios de comunicación son: E-mail: registroguiaslapampa@gmail.com , o a los teléfonos 02954-424404 / 425060 de lunes a viernes de 8 a 13.