El Tribunal de Impugnación Penal revocó la prisión domiciliaria a Carlos Luján Sosa, q le había otorgado el Juez de Ejecución, Martín Saravia. Los jueces Pablo Balaguer y Filinto Rebechi, hicieron lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y la querella.
Los jueces, en su Resolución, consideraron que se encuentra acreditado que las cuestiones de salud que presenta Sosa, se hallan debidamente tratadas en el ámbito penitenciario, disintiendo con la decisión que había tomado Saravia.
El 3 de agosto pasado, el Juez de Ejecución Penal, Martín Saravia, ante el pedido de la defensa de Sosa, le había otorgado el beneficio de la prisión domiciliaria por cuestiones de salud.
Sosa fue condenado a prisión perpetua por «el crimen de Villa Martita», ocurrido el 14 de mayo de 2014, cuando Diego Fernando López asesinó de un disparo a Griselda Cabal y le produjo graves heridas al empresario Eduardo Ros, pareja de la víctima. La agresión se produjo frente a la casa donde residía la pareja, sobre la avenida Arturo Illia, y hubo un tercer imputado, Gastón Nicolás Soria, quien trasladó al sicario en un automóvil y actuó como «campana».
En el juicio se determinó que López había sido contratado por Carlos Sosa para matar a Ros. En su sentencia, el tribunal consideró que López fue el autor material, Soria el cómplice y Sosa el autor intelectual o instigador, y los condenó a prisión perpetua por el delito de «homicidio doblemente calificado por ser por precio o promesa remuneratoria, y mediante la utilización de un arma de fuego».