Es la resolución que tomó el máximo tribunal de justicia de la Nación ante la presentación de un informe técnico que corrobora y acredita fehacientemente que el río Atuel presenta óptimas condiciones -volumen de caudal- para cumplimentar en forma permanente el fallo de la Corte de 2020, que fijó un caudal de 3,2 m3/s en su ingreso a la provincia de La Pampa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación corrió traslado este martes a la provincia de Mendoza y al Gobierno Nacional para que respondan en un plazo máximo de 10 días al planteo que realizó la provincia de La Pampa hace unos días atrás.
Se trata de la respuesta legal que dio el máximo tribunal de justicia de la Nación a la presentación de La Pampa de un informe técnico que está basado en datos oficiales publicados por Mendoza y fue elaborado en el seno de la CIAI pampeana.
En dicho informe se demuestra que el incumplimiento a la sentencia judicial por parte de Mendoza obedece a una mera conducta de apropiación del agua y al manejo absoluto, unilateral e ineficiente que realiza. Y no a una imposibilidad fáctica.
Pese a los innumerables esfuerzos de la provincia condómina por tergiversarla, la realidad hídrica es una sola y emerge de manera manifiesta: el caudal del río Atuel no es deficitario: Agua hay!
Se verificó que, si Mendoza tuviese la voluntad de cumplir con el caudal dispuesto, lo podría hacer sin problema alguno sin afectar sus usos destinados a riego.
En el informe técnico se pueden observar acciones de manejo por parte de Mendoza que demuestran un derroche de agua y que alejan la posibilidad de cumplimiento del fallo, como por ejemplo un sobreriego, tendiente a recargar el perfil del suelo y así alimentar a las aguas subterráneas y las perforaciones en la zona, buscando reducir el agua sobrante y, por ende, disminuir el agua disponible que escurriría hacia La Pampa.
También se confirman derivaciones de agua con destino redes de riego a parcelas abandonadas, a redes sin impermeabilizar o a la propia red drenaje, sin justificaciones en esta época del año, tanto desde el abastecimiento o al desarrollo de los cultivos.
Además, se acredita el llenado de más reservorios en el área de riego. Desde 2020, año del fallo, se incrementaron de 160 a 260.
También se constató que en la actualidad se desvían caudales de manera exclusiva para importantes bodegas como usuarios privilegiados de agua en la cuenca. En uno de estos casos, los caudales para una única bodega fueron superiores a los 3m3/s.
Un dato alarmante muestra que el caudal que Mendoza asigna a una sola bodega es equivalente al agua que estableció esta Corte para la Pampa
Días pasados, La Pampa realizó una presentación ante la Corte Suprema de Justicia presentando este informe técnico, el cual fue acompañado de imágenes que certifican lo argumentado, solicitando su intervención urgente para que ordene el cumplimiento inmediato de la meta interina de un caudal mínimo permanente del río Atuel de 3,2 m3/s en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza.
Este martes, la Corte Suprema respondió dicho planteo corriendo traslado tanto a Mendoza como a la Nación para que respondan en un plazo máximo de 10 días a la presentación realizada por La Pampa.