La Municipalidad de Santa Rosa habilitó el Registro de Permisionarios del Transporte Privado de Pasajeros realizado exclusivamente a través de plataformas electrónicas o digitales. La inscripción es obligatoria para quienes desarrollen esta actividad y deberá realizarse de manera virtual.
El trámite se encuentra disponible en el sitio de trámites digitales del municipio. Para completar el formulario y adjuntar la documentación requerida, los interesados deberán contar con una cuenta personal. Quienes aún no la tengan deberán crearla previamente.
Entre los requisitos establecidos se encuentra ser propietario del vehículo utilizado para prestar el servicio o contar con una autorización fehaciente para su uso. Además, se deberá contar con Licencia Única de Conducir (L.U.C.) categoría D1, emitida en la provincia de La Pampa, y estar inscripto en una plataforma electrónica o digital.
También será necesario presentar un certificado que acredite la ausencia de antecedentes penales y no estar incluido en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios. El incumplimiento posterior de este último requisito podrá derivar en sanciones.
Los permisionarios deberán contratar además una póliza de seguro que contemple cobertura por daños a terceros, al conductor y a los pasajeros, específicamente bajo la modalidad de transporte oneroso de personas.
Finalmente, deberán abonar el derecho de oficina correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Tarifaria vigente.
Una vez aprobada la solicitud, los titulares de los vehículos habilitados recibirán una identificación otorgada por la autoridad de aplicación. Se trata de una oblea que acredita el cumplimiento de los requisitos y deberá colocarse obligatoriamente en un lugar visible del vehículo.
La identificación tendrá una vigencia de dos años y podrá renovarse sucesivamente.
Sanciones
La normativa también establece sanciones para los conductores que sean detectados prestando el servicio en infracción.
Las medidas contempladas incluyen multas de entre 500 y 2.000 Unidades Fijas, la suspensión temporal del Registro Municipal por un período de hasta dos años y la inhabilitación definitiva.
La sanción que corresponda aplicar dependerá de las circunstancias de cada caso y de lo establecido en el Código de Faltas Municipal.

