La Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del Concejo Deliberante de Santa Rosa sacó despacho por unanimidad para el Proyecto de Ordenanza mediante el cual la Municipalidad de Santa Rosa adhiere al Capítulo II de la Ley Provincial Nº 3583, referida a la creación del “Fondo Alimentario Extraordinario Provincial”. Ahora el mismo deberá ser aprobado en la próxima sesión.
El proyecto que tuvo despacho sumó modificaciones propuestas por el FREJUPA las cuales fueron expuestas por el concejal Bompadre y fueron incorporadas al texto original.
El proyecto ahora quedaría con esta forma
Artículo 1: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa al Capítulo II (arts. 4°, 5° y 6°) del Título Il de la Ley Provincial N° 3583.
Artículo 2: El Intendente Municipal determinará las y los funcionarios públicos que revisten bajo su dependencia y sean alcanzados por el artículo 1° de la presente Ordenanza. Asimismo, el Intendente Municipal deberá establecer -de conformidad con el artículo 6° de la Ley Provincial N° 3583- las variables a tener en consideración para la determinación de los sujetos alcanzados y la metodología de implementación por medio del cual se realizarán los aportes de las personas alcanzadas.
Artículo 3: La Presidenta del Concejo Deliberante determinará las y los funcionarios públicos que revisten en este cuerpo deliberativo y sean alcanzados por el artículo 1° de la presente Ordenanza. Asimismo, la Presidencia del Concejo Deliberante deberá establecer -de conformidad con el artículo 6° de la Ley Provincial N° 3583-las variables a tener en consideración para la determinación de los sujetos alcanzados y la metodología de implementación por medio del cual se realizarán los aportes de las personas alcanzadas
Artículo 4: Dispónese que el monto del aporte a descontarse del sueldo de las y los funcionarios deberá depositarse en la Cuenta Corriente N° 1095/7 Rentas