Al estar vigente el Decreto 3597 que establece el Protocolo Sanitario Epidemiológico, sobre eventos públicos y privados, los cuales deben desarrollarse de lunes a domingo exclusivamente entre la hora 07:00 y la hora 01:00; y también la Ordenanza 1528 que prohíbe causar, producir o estimular ruidos innecesarios o excesivos en la ciudad, el municipio advierte la posibilidad de sanciones contra quienes las infrinjan.
El Decreto citado dispone el Protocolo Especial para Eventos Privados, casamientos, cumpleaños, fiestas de egresados, comuniones, confirmaciones, entre otros eventos, con restricciones vinculadas a medidas protección y de capacidad, estableciendo que se debe contar con la autorización de la municipalidad de Santa Rosa.
En cuanto a la Ordenanza mencionada, es de obligatorio cumplimiento en el desarrollo de cualquier actividad, cuyo ejercicio conlleve a la producción de ruidos y/o vibraciones, cualquiera sea su titular, promotor o responsable, ya que sea que se realice en lugares públicos, privados, abiertos o cerrados.
A través del cuerpo de inspectores de la dirección de comercio se están llevando adelante los controles correspondientes y se advierte que, ante el incumplimiento, se avanzará con las acciones y sanciones establecidas en la normativa vigente y que pueden ir en contra del organizador y del propietario del inmueble.