Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal, Filinto Rebechi y Pablo Balaguer, no hicieron lugar al recurso de impugnación presentado por la defensa y confirmaron el fallo de 12 años de prisión contra Julio Matías Sosa por el homicidio en ocasión de robo del jubilado de 89 años Jorge Manuel Llanos ocurrido el pasado 19 de septiembre en un domicilio de la avenida Uruguay de Santa Rosa.
A pesar de que Sosa fue condenado en un acuerdo abreviado donde admitió su culpabilidad, cambió de defensora e intentó impugnar la sentencia, algo que finalmente no prosperó en esta instancia.
En enero pasado, Sosa, de 30 años, admitió la autoría del hecho y, a partir de ello, el fiscal Oscar Cazenave y la defensora oficial sustituta María Antonella Marchisio convinieron el juicio abreviado. El primero de febrero el juez de audiencia santarroseño, Daniel Sáez Zamora, condenó a Sosa a 12 años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo. Ese día, a media tarde, el acusado ingresó a una vivienda de la avenida Uruguay, agredió a su único habitante –un hombre de 89 años– y se apoderó de una cámara fotográfica, un juego de llaves y diez medallas.
Días después Sosa desingó a la abogada Camila Virginia Aimar como su defensora particular y solicitó que se revoque la sentencia condenatoria y se absuelva por el beneficio de la duda o que se deje sin efecto el acuerdo de juicio abreviado “por errónea aplicación de la ley sustantiva (art. 387 inc. 1º del C.P.P.) y errónea valoración de la prueba (art. 387 inc. 3º del C.P.P.)”.
El juez Filinto Rebechi rechazó los dos planteos de la defensa, fundamentos a los que adhirió Balaguer.