Santa Rosa: Nuevas medidas para el sector gastronómico ante la Fase 2

Ante la decisión tomada en el orden provincial de extender la situación sanitaria denominada fase 2, a través del decreto provincial 2968 fechado el 21 de octubre, hasta el próximo 3 de noviembre, la secretaría de desarrollo económico del municipio, mediante la disposición 29/2020, ha establecido la normativa que regirá al sector gastronómico mientras el […]

Ante la decisión tomada en el orden provincial de extender la situación sanitaria denominada fase 2, a través del decreto provincial 2968 fechado el 21 de octubre, hasta el próximo 3 de noviembre, la secretaría de desarrollo económico del municipio, mediante la disposición 29/2020, ha establecido la normativa que regirá al sector gastronómico mientras el estatus sanitario se mantenga en esa fase.

De acuerdo a lo que establece el decreto 2969 del gobierno provincial, el horario de atención de los establecimientos del sector será entre la hora 7:00 y la hora 22, por lo cual quedan sin efecto, por el momento, los corredores gastronómicos.

No obstante, los locales gastronómicos que cuentan con habilitación municipal podrán, de manera provisoria, ocupar el espacio público, debidamente señalizado, frente a sus locales, con la previa comunicación a la dirección de comercio y servicios al correo electrónico comercio@santarosa.gob.ar.

También, de acuerdo al decreto provincial 2874, que modifica el protocolo sanitario epidemiológico para la apertura de locales gastronómicos con habilitación municipal para la atención y permanencia de público en el local, se establece, tanto para el interior de esos establecimientos como para el espacio exterior, un límite máximo de sesenta (60) comensales por turno

En el interior, los locales sólo tendrán habilitada la mitad de su capacidad total, y en cada mesa podrá haber un máximo de seis (6) personas.  Es el mismo decreto provincial 2874, el que establece que podrá haber un máximo de diez (10) comensales por mesa, en el exterior del local.

La atención y consumo en barras no está permitida en ningún caso, y se encuentran expresamente prohibidos los shows en vivo y la reproducción de música por encima de los 80 decibeles.

Se ha dispuesto también que, transcurrido el plazo de vigencia mencionado, donde regirán estas medidas, de forma inmediata, junto a todo el sector gastronómico, comenzará a coordinarse la implementación de los denominados “decks” conforme a lo dispuesto por la ordenanza Nº 6445, recientemente sancionada, y que fuera impulsada por el ejecutivo municipal.

Las medidas adoptadas se toman también, considerando la inquietud de todos los actores del sector gastronómico, a quienes se receptó y escuchó, rechazándose las imputaciones, cualesquiera hayan sido su intencionalidad, de que se pretenda beneficiar a unos o a otros.

Debe entenderse claramente que este municipio gobierna para todas y todos las y los santarroseños, nos hayan elegido o no nos hayan elegido, y cuidamos, en el marco de nuestras competencias el cumplimiento de todos los protocolos que ayuden a disminuir la propagación del virus COVID-19, como también lo es cada medida que toma el gobierno nacional y el provincial.