Héctor Mario Valquinta y Jorge Omar Valquinta fueron condenados hoy a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autores de los delitos de amenazas simples, lesiones leves y desobediencia judicial, aunque en el caso del primero la pena se le unificó con otra anterior en una pena única de tres años y nueve meses de prisión efectiva.
A su vez, Jésica Melina Rosignolo Galván, pareja de Héctor ‘Sapo’ Valquinta, recibió una sanción de seis meses de prisión en suspenso por amenazas en tres oportunidades, pero como ya tenía otra condena similar del año pasado, se le dictó una pena única de seis meses de ejecución condicional y el cumplimiento re reglas de conducta durante dos años.
La sentencia fue rubricada por el juez de audiencia santarroseño, Andrés Olié, a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Oscar Cazenave, la defensora oficial Mariel Annecchini y los defensores/as particular Vanessa Ranocchia Ongaro y José Ramón Rodríguez y los tres imputados/as, quienes admitieron su culpabilidad.
Algunos de los hechos probados ocurrieron el 7 de septiembre de 2020, a la tarde, cuando Héctor Valquinta llegó junto a Rosignolo Galván a la cancha de fútbol ubicada entre las calles Plumerillo, Blanco Encalada, Paul Harris y Sequeira, en el barrio Matadero, y solicitó a las tres personas que estaba allí, “en forma intimidante, el cese de la actividad deportiva de futbol infantil que se realizaba en el predio”. Incluso dijo que de no ser así se presentaría “con su gente nuevamente y lo harían de otra manera”.
Minutos más tarde el acusado regresó con Rosignolo Galván, su hermano Jorge Valquinta, la pareja de este, Laura Fredes, y “un grupo de 10 jóvenes aún no identificados, todos ellos pertenecientes a la Escuela de Boxeo del Barrio Matadero” y de la cual ‘Sapo’ es presidente. En esas circunstancia exigieron “de manera intimidante el cese de la actividad deportiva de futbol infantil, realizando entre otras cosas manifestaciones, ‘levantá la actividad por que los voy a cagar a palos’ y ‘levantá la actividad porque se va a armar quilombo’, incentivando a quienes lo acompañaban a actuar en forma violenta”.
A su vez, en ese mismo contexto, Jorge Valquinta agredió con golpes de puño al padre de uno de los niños que estaba jugando al fútbol y, a una mujer, le dio una patada en el cuerpo cuando estaba en el piso.
A su vez, a Héctor Valquinta y a Rosignolo Galván, se les probaron otros hechos ocurridos previamente. El 29 de febrero de 2020, profirieron vía Facebook “dichos en tono amedrentante” contra la presidenta de la Fundación Wetraché, manifestándole que iban a sacarla del lugar. En días siguientes, y a través de mensajes de Whatsapp enviados a ella y a otras personas que trabajan en la institución, continuaron con las amenazas, “generándoles gran temor y obligándolas a cambiar el ritmo habitual de sus vidas personal y laboral; ello en protección de los niños y adolescentes que concurren al lugar”.
Previamente, Valquinta ya había escrito en Facebook; “preparen el equipo que si el Gobierno no los retira de nuestro barrio, vamos a tomar de nuevo la fundación”.
Además a Héctor Valquinta se le imputó haber “incumplido reiteradas veces” la resolución del juez de control, Gabriel Tedín, que le impedía acercarse a menos de 200 metros y mantener contactos por cualquier medio con la titular de Wetraché y personas vinculadas a la fundación. Sin embargo, utilizó el Facebook de Rosignolo Galván para violar esa norma.
Su propia mujer, el 9 de agosto, pasó frente a la entidad y, estando una empleada en la vereda, vociferó “expresiones amendrentantes” como ‘vení a decirme las cosas en la cara, te voy a romper la cabeza… no sabes con quién te metes’; provocándole temor a la damnificada.
En la parte resolutiva del fallo, Olié condenó a Héctor Valquinta a seis meses de prisión por amenazas simples en tres oportunidades, desobediencia judicial y lesiones leves en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres; todo en concurso real. Esa pena se la unificó a otra que le habían impuesto este año, quedando una pena única de tres años y nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo.
A Jorge Valquinta le fijó una pena de seis meses de prisión efectiva por amenazas simples y lesiones leves en el marco de la ley 26485 y desobediencia judicial, todo en concurso real.
Y a Rosignolo Galván la condena a seis meses de prisión en suspenso por ser autora del delito de amenazas en tres ocasiones, y como ya tenía otra condena, le unificó las dos en una pena única de seis meses de prisión de ejecución condicional, de acuerdo a lo convenido por las partes en el abreviado.
La mujer tendrá que cumplir las siguientes pautas de conducta durante dos años: fijar residencia: someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; abstenerse de relacionarse por cualquier medio ni acercarse a menos de 100 metros de la Fundación Wetraché y cuatro personas vinculadas a ella; y no concurrir a la canchita de fútbol citada anteriormente.