La Secretaría de la Mujer, a cargo de Liliana Robledo, consideró acertada la condena a prisión perpetua de Enzo Gauna, femicida de Valeria Coggiola. Fue la primera vez que el organismo provincial actuó como querellante en un juicio por este tipo de delito.
En la mañana del 14 de mayo, en General Pico, Enzo Gauna fue encontrado culpable del delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra la persona con la que mantuvo una relación de pareja, y por haber sido cometido contra una mujer cuando el hecho haya sido perpetrado por un hombre y mediare violencia de género (femicidio). El hecho ocurrió el 5 de junio del 2019, a la madrugada, en la vivienda de la víctima Valeria Coggiola, ubicada en la ciudad de General Pico.
La sentencia, dictada por los jueces Marcelo Luis Pagano, María José Gianinetto y Carlos Federico Pellegrino, coincidió en un todo con la calificación legal requerida por los fiscales Guillermo Komarofky e Ivana Soledad Hernández, a la cual adhirió la querella de la Secretaría de la Mujer, representada por Silvana Abraham y Flavia Rubin.
La secretaria de la Mujer, Liliana Robledo, expresó al respecto su conformidad con la resolución judicial al sostener que “sin dudas fue un gran trabajo del equipo que se formó entre la Fiscalía a cargo del doctor Guillermo Komarofky y nuestras abogadas las doctoras Silvana Abraham y Flavia Rubin. Marca sin dudas el compromiso por parte del Estado pampeano, en el constante trabajo de la eliminación de la violencia contra las mujeres. Por supuesto esperamos que esto traiga un poco de consuelo a la familia de Valeria, en especial a sus hijos”, sostuvo.
Este juicio por femicidio fue el primero en el que la Secretaría de la Mujer actuó como querellante. El organismo provincial puede ser querellante en hechos de femicidio o intento de femicidio según el artículo 88 bis de la Ley 2655 del Código Procesal Penal de la provincia de La Pampa.