Justicia suspende la venta de medicamentos fuera de farmacias

La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal dictó una medida cautelar que frena la aplicación de los artículos 313 a 325 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. La decisión, vigente hasta que se emita una sentencia definitiva, responde a un planteo de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica Argentina […]

La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal dictó una medida cautelar que frena la aplicación de los artículos 313 a 325 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. La decisión, vigente hasta que se emita una sentencia definitiva, responde a un planteo de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica Argentina (Fefara), que reclamaban la inconstitucionalidad de esos artículos.

Desde el Colegio Farmacéutico de La Pampa celebraron el fallo. Su presidente, Miguel Osio, destacó: “Es una noticia que veníamos esperando desde enero del año pasado. Lleva más de un año de lucha. Ya habíamos visto fallos similares en otros distritos, como Mendoza. Esto reafirma la importancia del rol profesional del farmacéutico”.

Osio también cuestionó las políticas impulsadas desde el Gobierno nacional: “Parece que se reúnen para hacer daño. Buscan reeditar viejas recetas de desregulación, como las de Cavallo en 2001 o las de Krieger Vasena durante el gobierno de Onganía. Este DNU reaviva esas medidas, afectando no sólo a las farmacias sino a todo el sistema sanitario al que pertenecen”.

Farmacias: guardianes de la seguridad sanitaria

El titular del Colegio subrayó el papel central de las farmacias como garantes de la seguridad de los medicamentos: desde su almacenamiento hasta su dispensa. “No se trata solo de vender un medicamento —explicó—, sino de asegurar que sea legítimo, seguro y almacenado correctamente, proveniente de droguerías habilitadas. Aunque el paciente sólo vea el momento de la entrega, detrás hay una cadena de cuidados que garantiza la calidad del producto”.

En ese sentido, advirtió sobre los riesgos que implicaba habilitar a las droguerías a vender directamente al público. “Era una aberración. Las droguerías no deben dispensar medicamentos; su rol está en la distribución, no en el trato directo con el paciente”, remarcó.

Defensa del modelo sanitario

Tanto COFA como Fefara enfatizaron que la suspensión de los artículos cuestionados no tiene fines corporativos, sino que protege un modelo sanitario que prioriza la salud pública sobre el negocio. “El DNU pretendía reducir a las farmacias a simples comercios, mercantilizando los medicamentos y debilitando el rol sanitario que cumplen”, afirmaron en un comunicado.

La medida judicial restablece el esquema tradicional: los laboratorios producen, las droguerías distribuyen, y las farmacias dispensan, preservando así la cadena de responsabilidad y los controles de calidad esenciales.

Desde Fefara insistieron en que los farmacéuticos son profesionales de la salud cuya presencia es indispensable para un uso racional y seguro de los medicamentos. “Eliminar la dirección técnica y permitir la venta libre fuera de farmacias ponía en riesgo a los pacientes”, advirtieron.

Finalmente, alertaron sobre el riesgo de promover la automedicación con la venta irrestricta de medicamentos: “No existen medicamentos inocuos. Sacarlos del ámbito farmacéutico expone gravemente a la población”.