La Justicia anuló el protocolo represivo de Bullrich y Milei: un juez lo declaró inconstitucional

El juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, declaró la nulidad del denominado “protocolo antipiquetes”, el marco de actuación impulsado por Patricia Bullrich hace dos años para intervenir en manifestaciones sociales y cortes de calle. La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de amparo presentada por el…

, ,

El juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, declaró la nulidad del denominado “protocolo antipiquetes”, el marco de actuación impulsado por Patricia Bullrich hace dos años para intervenir en manifestaciones sociales y cortes de calle.

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que cuestionó la legalidad del protocolo aprobado mediante la resolución 943/2023, al considerar que vulnera derechos constitucionales básicos vinculados a la protesta social.

En su fallo, Cormick sostuvo que el Poder Ejecutivo no tiene facultades para dictar normas que lesionen derechos fundamentales como la libertad de reunión, la libertad de expresión y el derecho de petición a las autoridades. En ese sentido, remarcó que la protesta social no puede ser equiparada automáticamente a un delito penal que habilite la intervención represiva de las fuerzas de seguridad sin orden judicial.

El protocolo anulaba establecía la actuación inmediata de las fuerzas ante cualquier corte de calle o vía de circulación, bajo la premisa de delitos en flagrancia, habilitando el uso de la fuerza sin intervención previa de un juez. El magistrado consideró que ese esquema es incompatible con el orden constitucional y con el Código Procesal Penal vigente.

La sentencia devuelve a la órbita judicial la decisión de autorizar o no la intervención de la fuerza pública para disuadir, repeler o dispersar una manifestación, quitando esa potestad a funcionarios del Poder Ejecutivo o a jefes policiales.

Cormick también cuestionó las tareas de inteligencia que el protocolo habilitaba para identificar manifestantes mediante registros fotográficos y fílmicos, muchas veces realizados por personal de civil. Señaló que estas prácticas vulneran la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe al Estado recolectar y almacenar información sobre ciudadanos por razones ideológicas, políticas o de pertenencia a organizaciones sociales.

Además, el fallo remarca que el protocolo no contemplaba criterios diferenciales para grupos vulnerables, como niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad, que requieren una protección especial frente a cualquier accionar estatal.

Por estos motivos, el juez exhortó al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo antipiquetes y a adecuar su actuación a las normas vigentes. Días atrás, el mismo magistrado había ordenado al Gobierno cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario.

Tras conocerse la decisión, la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, anunció que el Gobierno apelará el fallo. En redes sociales sostuvo que “sin protocolo no hay orden, hay caos” y afirmó que la medida judicial responde a “la vieja política que no quiere paz ni orden”.

Monteoliva aseguró que el Ejecutivo defenderá el protocolo “a toda costa” y afirmó que cuenta con fundamentos técnicos, jurídicos y operativos. En la misma línea se expresó Patricia Bullrich, quien cuestionó al juez y sostuvo que el protocolo fue validado por otros magistrados y respaldado por la ciudadanía, insistiendo en que “el orden no se negocia” y que no darán “ni un paso atrás”.