El juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo del decreto presidencial que había suspendido la vigencia de la emergencia en Discapacidad y ordenó que la ley sea ejecutada de manera inmediata en todo el territorio nacional.
La norma había sido aprobada por el Congreso en julio del año pasado y declaró la emergencia en materia de discapacidad hasta fines de 2027. Sin embargo, aunque el Poder Ejecutivo la promulgó, dispuso frenar su aplicación al sostener que el Parlamento no había definido las fuentes de financiamiento.
De ese modo, el Decreto 681/2025 dejó la ley en suspenso, lo que provocó fuertes reclamos de familias, organizaciones y prestadores del sector. El amparo que dio origen al fallo fue presentado por dos familias en representación de sus hijos, ambos con Certificado Único de Discapacidad, y contó con el respaldo de asociaciones civiles de todo el país.
El principal argumento del reclamo fue que la suspensión colocó en un estado de indefensión a miles de personas que dependen de tratamientos, servicios y apoyos que ya venían deteriorándose por la crisis económica y el desfinanciamiento.
Desde el Gobierno nacional, el Ministerio de Salud había defendido la suspensión por razones fiscales y advirtió que aplicar la ley sin partidas específicas pondría en riesgo otras áreas del Estado. También sostuvo que la reasignación presupuestaria era responsabilidad del Congreso.
Estos planteos fueron rechazados por el magistrado, quien señaló que, una vez rechazada la posibilidad de veto, la Constitución obliga al Poder Ejecutivo a promulgar y ejecutar la ley sin condiciones. En ese sentido, consideró que el decreto violó ese mandato al subordinar una norma del Congreso a reglamentos de menor jerarquía, constituyendo una intromisión en las competencias legislativas.
El juez también cuestionó los argumentos fiscales y recordó que el Congreso había facultado al jefe de Gabinete a realizar las reasignaciones necesarias y que, desde diciembre de 2023, ya se habían concretado más de diecinueve modificaciones presupuestarias para otros fines.
La sentencia remarcó la especial vulnerabilidad de las personas con discapacidad, en particular niños y adultos mayores, y la obligación del Estado de adoptar medidas de protección reforzada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana que prohíbe retrocesos en derechos sociales.
Finalmente, González Charvay ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, declaró inválida la suspensión dispuesta por el Decreto 681/2025, impuso las costas al Estado y dispuso la publicación de la decisión en el Registro Público de Procesos Colectivos.
Abrazo simbólico.
El Hospital Garrahan y el Foro Permanente por la Discapacidad convocaron para este miércoles a las 18.30 a un abrazo simbólico en Plaza de Mayo. Las organizaciones exigen la aplicación urgente de las leyes de Emergencia Pediátrica y de Emergencia en Discapacidad y denuncian que ambas quedaron fuera del Presupuesto 2026.
En un comunicado conjunto, señalaron que la convocatoria se realiza “en el día de la asunción de los nuevos diputados y senadores” y advirtieron que, al quedar excluidas del presupuesto, se anticipa “otro año sin respuestas reales”. Bajo el lema “Por un 2026 sin emergencias”, reclamaron políticas públicas concretas frente a una crisis que, aseguran, continúa profundizándose.

