El Gobierno nacional, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), dependiente del Ministerio de Salud, aclaró que persiste el plazo establecido para que las prepagas presenten un plan de pagos del dinero cobrado de más a sus afiliados. El comunicado emitido este viernes se da luego de que la Justicia convocara a las partes a una audiencia de conciliación y generara confusión sobre lo que sucedería con los reintegros.
El organismo fiscalizador de obras sociales y prepagas realizó este aviso mediante su cuenta de X (extwitter), donde comunicó: “A raíz de la interpretación que realizaron algunos medios periodísticos de la resolución judicial del día de la fecha, la Superintendencia de Servicios de Salud aclara que no existe suspensión alguna de lo ya dictaminado”.
En este sentido, desde la SSS esclarecieron que “la medida se encuentra vigente, por lo que las Entidades de Medicina Prepaga deben cumplirla. El juez convocó a una audiencia el día 27 del corriente mes, a fin de darle continuidad al proceso judicial y resolver cómo se devolverá el dinero a los beneficiarios”.
Durante la mañana del viernes, el juez en los civil y comercial federal Juan Rafael Stinco convocó al gobierno nacional y a las empresas de medicina privada a una audiencia de conciliación para el próximo 27 de mayo y señaló que “en consecuencia, suspéndase los plazos procesales hasta la fecha fijada precedentemente”.
El proceso judicial se inició por una presentación de la SSS para que la Justicia le ordene a las prepagas retrotraer sus aumentos a diciembre, que se fije un índice de aumento y que devuelvan el excedente cobrado. La decisión de suspender los aumentos ya había sido tomada por el gobierno de manera administrativa por seis meses al considerar que las empresas excedieron en los precios.
El viernes 3 de mayo, el juez Stinco había aceptado el pedido del organismo de salud y ordenó a las empresas de medicina privada que “retrotraigan el monto de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023″, las que se actualizarán según la inflación registrada en lo que va del año conforme aplicación del dato oficial de Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC.
En el mismo fallo, el magistrado dispuso ordenar a las compañías prepagas a que en el plazo de cinco días presenten una propuesta de cronograma de devolución de las sumas cobradas en exceso por arriba de la inflación a sus afiliados. Según una primera interpretación del fallo realizado este viernes 10 por la Justicia, ese plazo quedaría suspendido, pero el Gobierno asegura que la medida se encuentra vigente.