Ya no hay que completar una declaración jurada electrónica para entrar y salir del país

El Gobierno nacional flexibilizó, a partir de este viernes, las medidas vinculadas con el ingreso y salida del país al estabilizarse los datos epidemiológicos en el marco de la pandemia de coronavirus, y ya no será necesario rellenar la declaración jurada electrónica para las entradas y los egresos del territorio nacional. “Eliminamos la declaración jurada. Ya no […]

El Gobierno nacional flexibilizó, a partir de este viernes, las medidas vinculadas con el ingreso y salida del país al estabilizarse los datos epidemiológicos en el marco de la pandemia de coronavirus, y ya no será necesario rellenar la declaración jurada electrónica para las entradas y los egresos del territorio nacional.

“Eliminamos la declaración jurada. Ya no será necesario realizar la DDJJ para ingresar o salir del país. Seguimos haciendo que viajar sea más rápido y más sencillo”, publicó en su cuenta de Twitter la Directora Nacional de Migraciones, Florencia Carignano,

Las nuevas “medidas de sanidad de fronteras” fueron establecidas a través de la Decisión Administrativa 837/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de los ministros de Salud, Carla Vizzotti y de Interior, Eduardo De Pedro

En la norma, se establece que “no será necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso al país ni en los embarques con destino al territorio nacional”.

Indica asimismo que, en caso de detectarse o reportarse en el punto de ingreso al país un caso positivo o sospechoso de Covid-19, se procederá teniendo en cuenta “iguales medidas de prevención y control que para cualquier infección respiratoria aguda”, según las estrategias consignadas por el Ministerio de Salud.

Otro apartado de la norma se refiere específicamente a los buques y cruceros que lleguen al país, que recibirán, ante un caso positivo de Covid-19, el mismo tratamiento que quienes ingresen por otras vías.

Asimismo, se autoriza el ingreso y egreso del país de los restos de personas fallecidas a causa del Covid-19, cumpliendo los requisitos solicitados en estos casos, y considerando que durante la pandemia se habían establecido restricciones al respecto.