La tecnología avanza a paso firme y la adaptación es un factor clave a tener en cuenta. Los servicios jurídicos empezaron a incursionar en el entorno digital, planteándose un gran y enorme desafío. El detalle.
De la tiza y pizarrón a la enseñanza del Derecho en el metaverso.
La enseñanza en estos últimos dos años mutó más que nunca en los últimos siglos. La pandemia Covid-19 respecto de la enseñanza y en particular para los abogados, fue un gran catalizador y acelerador. Todos aquellos que nos acercábamos y mirábamos la tecnología venidera tímidamente y con cierto celo, nos encontramos de pronto involucrados en el dictado de clases en un ámbito áulico virtual.
Hace aproximadamente cinco años Legal Tech, Big data, machine learning, blockchain, Smart contracts, criptomonedas, criptoactivos, tokens, NTF, legal Hub, tecnologías analíticas e inteligencia artificial se habían incorporado de modo incipiente en conceptos teóricos en seminarios, conferencias y doctrina.
Hoy vemos la evolución de desarrollos tecnológicos como se han estandarizando determinados servicios jurídicos repetitivos y sencillos. El asesoramiento online, estandarización y automatización de procesos. En este sentido, el gran desafío de los educadores es la enseñanza a los futuros abogados con estándares y parámetros del pasado para las nuevas formas de la praxis legal impregnada y dominada por la tecnología.
¿Y si estudiamos en el Metaverso? El Metaverso, concepto recreado por Mark Zuckerberg fundador de Facebook (2004) y de Meta Plataform (2021) de quien es su CEO. Esta empresa matriz de Facebook, Instagram, WhatsApp, Oculus VR y otras del sector de innovación tecnológica y redes sociales. Si bien se señala que el concepto de metaverso se cita por primera vez en la novela de ciencia ficción Snow Crash en 1992 de Neal Stephenson. Esta palabra aludía a un entorno digital y artificial posterior a la propia internet.
El término que hace referencia al concepto de un espacio tridimensional, persistente e interconectado, de entornos inmersivos en redes sociales y plataformas multiusuario persistentes. Hoy aún esta tecnología es costosa, pero más temprano que tarde será accesible e inclusiva.
Edward Castronova profesor en la Universidad de Indiana, precursor en el estudio de los Mundos Sintéticos (2001) o metaversos identifica tres características fundamentales:1) Interactividad. El sujeto puede comunicarse con el resto de los consumidores y de interactuar. Los comportamientos pueden ejercer una influencia sobre los objetos y sobre los comportamientos y opiniones de otros miembros de la comunidad, 2) Corporeidad. Los consumidores están representados por avatares. La corporeidad consiste en la presencia de ese avatar sobre ese espacio que también posee ciertos límites, y 3) Persistencia. El programa sigue funcionando y desarrollándose a pesar de que algunos o todos sus miembros no estén conectados.
¿Cómo será estudiar ciencias jurídicas en el Metaverso? ¿Cómo será enseñar en el metaverso?
Sin duda una experiencia pedagógica inmersiva, ludíca y holística. Es un inmenso reto para la visión de quienes diseñan las estrategias futuras de enseñanza y su implementación. Veamos alguno de los usos que podría traer el metaverso en la enseñanza del derecho:
- Experiencias inmersivas y simulaciones de las practicas legales de Clínicas y consultorios jurídicos universitarios; practica en incubadoras de tecnologías legales (legal Hub Tech,).
- Incorporar a la praxis del derecho a la tecnología simultáneamente, iterando o diseñando situaciones o problemáticas de la propia naturaleza del metaverso. Los estudiantes aprenden haciendo al mismo tiempo que despliegan destrezas tecnológicas.
- Visitas a otras universidades, espacios áulicos, seminarios, jornadas, congresos, despachos, instituciones, museos o empresas que estén en el metaverso.
Nos quedan poderosos retos ¿Cómo llevamos adelante la formación en competencias digitales? ¿Cómo eliminar la brecha de inclusión tecnológica, acceso y conocimiento? Aún en el campo de la enseñanza hay mucho por y para hacer, trabajar en habilidades e incumbencias con la mirada puesta en el hoy y los años venideros.
La profesión del abogado nos conduce indefectiblemente a pensar creativamente, a investigar, a razonar de modo diferente y desarrollar prototipos que nos permitan mejoras en las tareas profesionales, entender preferencias de los clientes a fin de lograr soluciones alternativas con miras a ofrecer un mejor servicio legal, prevenir problemas, originar patrones y pronósticos para predecir resultados de problemáticas jurídicas, litigios y legislar en situaciones novedosas.
Nuestro desafío en la gestión educativa y como profesores es la formación de los estudiantes nativos digitales en abogados creativos y tecnológicos para la Argentina del futuro. Convencida en más innovación disruptiva en los años venideros en materia de educación en esta red de tecnologías interconectadas de interacciones multisensoriales en entornos virtuales y de realidad aumentada, sincrónica, corpórea con objetos digitales, avatares y personas, bajo un novedoso entorno persistente.
Para aquellos agoreros que sostenían que la profesión del abogado en el futuro entraba en una etapa sombría de una profesión en extinción, lamento desilusionarlos. El presente es uno de los tiempos más interesantes para el estudio de la carrera de abogacía, se observa mucha innovación legal por delante, el derecho y la práctica necesita de ávidos y creativos abogados para diseñar el futuro de la abogacía.