(General Pico) – En un fallo histórico para la Segunda Circunscripción Judicial de La Pampa, el juez de audiencia Federico Pellegrino dictó la primera sentencia bajo el nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes. En la causa intervinieron el fiscal Damián Campos y la defensora oficial María Soledad Forte.
Condena por robo
Uno de los jóvenes, que actualmente tiene 17 años, fue declarado autor material de los delitos de robo agravado por escalamiento, hurto agravado por escalamiento y robo simple. Dos de estos hechos los cometió cuando tenía 16 años y el restante, ya con 17.
El otro imputado, hoy de 19 años, fue encontrado culpable de hurto agravado por escalamiento cuando tenía 17. Sin embargo, al haber cometido otros dos delitos (robo agravado por escalamiento y robo simple) ya siendo mayor de edad, recibió una condena de tres años de prisión efectiva y permanece detenido.
Un cambio en la justicia juvenil
La Ley Provincial 3353 establece que, una vez declarada la responsabilidad penal de un adolescente y al cumplir los 18 años, la imposición de la pena queda en manos de un juez o jueza de audiencia, en lugar de un magistrado del fuero de familia, como sucedía antes. Además, la norma impide el juicio abreviado para adolescentes de 16 y 17 años, lo que obliga a realizar juicios orales, como ocurrió en estos casos.
Abuso sexual y segunda sentencia
En un segundo juicio, el juez Marcelo Pagano halló responsable a otro joven de 19 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal como delito continuado. El acusado cometió los abusos entre julio de 2022 y febrero de 2023, cuando tenía entre 16 y 17 años, contra una menor de 12 años.
El fallo fue resultado de un juicio oral en el que intervinieron el fiscal sustituto Francisco Trucco, la fiscala adjunta Emilia Buffone y los defensores particulares Pedro Febre y Nicolás Espínola.
Medidas alternativas a la prisión
El nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes también contempla medidas socioeducativas en lugar de la privación de la libertad, como tratamientos médicos, psicológicos o psiquiátricos, asistencia comunitaria o rehabilitación por adicciones en instituciones oficiales o privadas.
En estos casos, una vez que los fallos queden firmes, los jueces Pellegrino y Pagano convocarán nuevas audiencias para determinar las penas de los imputados que ya alcanzaron la mayoría de edad. Para el joven de 17 años, la definición quedará pendiente hasta que cumpla los 18.