Hoy, en una sentencia dictada por el juez de audiencia santarroseño, Daniel Sáez Zamora, se condenó a Julio Martín Misaña, empleado de la Municipalidad de Santa Rosa, a dos años de prisión de ejecución condicional. Esta condena se acompaña de una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargo o empleo público, debido a su participación en el delito de fraude en perjuicio de la administración pública, agravado por su condición de empleado comunal.
Los hechos probados, a partir de la denuncia de un funcionario comunal, revelaron que Misaña vendió y entregó hormigón elaborado con materiales propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa. Este material estaba bajo su responsabilidad y transporte a través del camión motohormigonero del municipio, conocido como “trompo”, mientras se desempeñaba como agente de la Dirección de Vialidad.
Según el fallo, Misaña producía una cantidad mayor de hormigón de la necesaria para los trabajos definidos por sus superiores, con el fin de obtener un sobrante que luego vendía por 5.000 pesos el metro cúbico. Este valor contrasta con los 125.000 pesos que se estima cuesta el metro cúbico de hormigón en la actualidad, según el testimonio de una autoridad municipal para evaluar el perjuicio patrimonial.
Las pruebas que sustentaron estos hechos incluyeron comunicaciones telefónicas entre Misaña y el comprador, informes de seguimiento satelital del camión motohormigonero y declaraciones de 13 testigos, que confirmaron al menos seis operaciones de compraventa.
Durante el juicio, el propio comprador testificó confirmando las transacciones, respaldando así la calidad probatoria de las pruebas presentadas. Un diálogo registrado entre Misaña y el comprador revela la naturaleza de estas transacciones ilícitas.
Además, se consideraron escuchas telefónicas entre el acusado y un albañil, que aunque no evidenciaron más operaciones fraudulentas, proporcionaron información sobre el modus operandi de Misaña para generar más material y venderlo.
En el debate, el fiscal Facundo Bon Dergham solicitó la misma pena que se impuso a Misaña, mientras que el defensor particular, Juan Carlos Resia, abogó por su absolución argumentando la falta de pruebas periciales y la falta de evidencia de propiedad municipal del cemento.
Sáez Zamora, al imponer la sanción, consideró como atenuante la juventud del acusado, esperando que la pena permita su correcta rehabilitación. Sin embargo, enumeró como agravantes las características de los hechos, el perjuicio económico a la comuna y el perjuicio indirecto a la sociedad, coincidiendo con la fiscalía en que se trató de un delito continuado.
Fuente: La Arena